Órganos del Poder Popular

Órganos del Poder Popular
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Institución
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Órganos del Poder Popular. Es la representación del pueblo de Cuba y expresan su voluntad soberana, que la ejercen mediante las distintas instancias desde la base hasta nivel nacional.

Su constitución

En Octubre de 1960 el Comandante en jefe Fidel Castro Ruz proclamó el cumplimiento del Programa del Moncada, y meses más tarde el 16 de abril de 1961, proclamó el carácter socialista de la Revolución. En esta etapa hubo intentos de lograr de forma institucionalizada y constante, la participación de las masas en la gestión político-estatal. Como una de sus tareas fundamentales, la Revolución triunfante debía destruir el viejo aparato estatal burgués existente en todos los niveles.

Como paso inicial a este fin, fue disuelto el congreso, pasando sus funciones al Consejo de Ministros, que concentró además las atribuciones legislativas y ejecutivo-administrativas, regulando todo por la Ley Fundamental que sustituyó a la Constitución de 1940. El comienzo del proceso de institucionalización de la Revolución, se puede enmarcar en el año 1970, que se acelera a partir de 1972, en que se maduraron las condiciones, se produjo una recuperación de la economía y se había avanzado en el fortalecimiento de las organizaciones de masas.

A finales de 1972, se reestructuró el Consejo de Ministros y se creó su Comité Ejecutivo. Durante 1973 se reformó todo el aparato del Partido Comunista de Cuba, PCC, desde el Comité Central hasta los comités municipales, se precisaron sus responsabilidades. Dentro de este contexto de institucionalización se inició el 10 de abril de 1975, con la participación de todo el pueblo, el proceso de discusión del anteproyecto de la Constitución Socialista.

El 15 de febrero de 1976 se celebraría el referéndum popular sobre la constitución de la República y la ley de tránsito constitucional, con vista a la proclamación de la ley fundamental el día 24 de febrero de ese mismo año. Se celebraron las elecciones de delegados a los órganos locales del Poder Popular y Diputados a la Asamblea Nacional en los meses de OctubreNoviembre de 1976, así como la primera reunión de constitución de la Asamblea Nacional del Poder Popular y la elección de de su Consejo de Estado, el día 2 de diciembre de 1976.

La estructura que asumió el Sistema de Órganos del Podre Popular, está concebida en tres instancias, nación, provincia y municipio, desarrollándose en cada una de ellas tareas y funciones que de acuerdo con la Constitución les viene dada.
Además se constituyen los Consejos Populares en ciudades, pueblos, barrios, poblados y zonas rurales.
Estos órganos se han de integrar con delegados y diputados elegidos, en el primer caso por la población directamente, y el segundo por los representantes de los mismos, quiere esto decir que no son designados por la Administración Estatal, pudiendo en todos los casos ser removidos por aquellos que los eligieron y no por otras entidades.

División política–administrativa

Cuba antes del triunfo de la Revolución pasó por dos etapas: colonial y República Burguesa

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y neocolonial. En la primera la Isla estuvo dividida en dos departamentos: La Habana y Occidental, y en dos sub divisiones inferiores, llamadas jurisdicciones y partidos pedáneos.

Es al final de la Guerra de los Diez Años y con la intención de ofrecer una base para la representación de la isla en las cortes españolas cuando se produce la creación de seis provincias y 132 municipios, siendo ésta división la que pervive al finalizar la Guerra de los Diez Años.
Igualmente, con ligeras modificaciones durante la segunda Intervención Yanqui, se continuó con la precitada división y esta es la que la Revolución triunfante en 1959 encuentra ó sea la que había permanecido durante 80 años, sin modificaciones sustanciales. En lo meses de abril y mayo de 1976 se realizó la nueva División Política-Administrativa en la cual el territorio nacional quedó dividido en las actuales 14 provincias y 169 municipios, incluido el municipio especial Isla de la Juventud.

La actual División Político Administrativa aprobada por la Ley número 1304 de 3 de julio de 1976 del Consejo de Ministros como órgano con facultades legislativas y amparadas en la Ley de Transito Constitucional, refrendó jurídicamente las decisiones adoptadas al respecto en el Primer Congreso del Partido Comunista de Cuba. La referida norma se ajustó además a lo establecido en la Constitución socialista proclamada el 24 de febrero de ese propio año 1976. Al momento de dictarse la Ley número 1304, el territorio nacional comprendía 6 provincias, 58 regiones y 407 municipios o seccionales.

Entre sus objetivos estaba simplificar las estructuras político-administrativas en que se dividía el territorio nacional, eliminando las regiones como instancias de dirección y disminuyendo el numero de municipios pequeños que había proliferado durante la etapa de provisionalidad, así como aumentar el numero de provincias haciéndolas más pequeñas de acuerdo con las necesidades del desarrollo económico social y la distribución poblacional.

En Agosto del 2010 la Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba el proyecto la Ley Modificativa de la Ley número 1304 de 3 de julio de 1976, Ley de la División Político Administrativo que modifica la composición de la provincia de La Habana dividiéndola en dos para crear la provincia de Artemisa y la de Mayabeque así como la ubicación territorial de algunos municipios de las provincias Pinar del Río, La Habana, Artemisa, Mayabeque, Matanzas y Guantánamo.

Fuentes

  • Constitución de 1940.
  • Constitución de 1976.
  • Constitución del 2002
  • Discurso pronunciado por Fidel en la proclamación de la Constitución Socialista en Febrero de 1976 en La Habana.
  • Periódico Granma, 23 de julio de 2010.
  • Periódico Granma, 2 de agosto de 2010.