Asamblea del Poder Popular de Los Arabos

Asamblea Municipal del Poder Popular Los Arabos
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TipoParlamento
Miembros38 delegados

Asamblea Municipal del Poder Popular de Los Arabos. Es la sede del gobierno municipal de Los Arabos, Matanzas, Cuba donde radica la Asamblea Municipal del Poder Popular y el Consejo de la Administración de dicha localidad. Este órgano de gobierno cuenta con independencia legal y jurídica para asuntos locales, y se subordina a la Asamblea Provincial del Poder Popular de Matanzas y a la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba.

Está compuesta por 38 delegados, elegidos cada dos años y medio mediante sufragio universal, y representan al electorado de 5 Consejos Populares, los que se subdividen en 38 circunscripciones, 3 de las cuales no están comprendidas dentro de los límites territoriales de los Consejos Populares: la número 1 ubicada en Palmillas, la 26 en Aguedita-Arango, y la 35 en la comunidad de Jacán. La Asamblea Municipal electa en cada etapa y su Consejo de la Administración rigen la vida económica y social del país, las provincias, municipios, y Consejos Populares,.

Reglamento

El reglamento de la Asamblea Nacional del Poder Popular, tras la división político-administrativa de 1975, planeta[1]:

El municipio es la sociedad local, con personalidad jurídica a todos los efectos legales, organizada políticamente por la ley, en una extensión territorial determinada por necesarias relaciones económicas y sociales de su población, y con capacidad para satisfacer las necesidades mínimas locales. El municipio, además de ejercer sus funciones propias, coadyuva a la realización de los fines del Estado. Es el órgano superior local del poder del Estado, al estar investida de la más alta autoridad para el ejercicio de sus funciones estatales en su demarcación y dentro del marco de su competencia, y como tal ejerce gobierno, con ajuste a la ley. Es renovada cada dos años y medio

Se apoya en las comisiones de trabajo, los Consejos Populares, el Consejo de la Administración municipal, en la iniciativa y la participación popular, de manera conjunta con las organizaciones sociales y de masas como los Comités de Defensa de la Revolución, y la Federación de Mujeres Cubanas.

Una vez constituida la Asamblea Municipal del Poder Popular elige de entre sus delegados, al Presidente, quien es además el Presidente del Consejo de la Administración, y al Vicepresidente. El Presidente, siguiendo los procedimientos establecidos en la Política de Cuadros, propone a la Asamblea la designación o sustitución del Secretario o Secretaria, de los integrantes del Consejo de la Administración municipal, los jefes de las direcciones administrativas, y de las empresas de subordinación local.

Experiencia del municipio

Mediante la Ley 1269 del Consejo de Ministros, del 3 de mayo de 1974. Se aprueba constituir en la provincia de Matanzas, a manera de experiencia y por la vía de las elecciones, los órganos del Poder Popular, las regiones y los municipios, con el propósito de completar la institucionalización del Estado. En la propia fecha, se pone en práctica la Ley de Reforma Constitucional, que modifica los preceptos constitucionales de la Ley Fundamental, que regía desde febrero de 1959, y que había sido concebida a partir de la Constitución de 1940.

La nueva legislación establecía el derecho al sufragio como derecho y deber moral de los ciudadanos , el voto libre, directo y secreto para elegir a los Delegados al Poder Popular, otorgaba el derecho al sufragio a los miembros de las instituciones armadas, antes privados de ese derecho, y los 16 años como edad mínima para votar.

Desde entonces se desplegó todo un sistema de trabajo riguroso y complejo sobre la población, su distribución territorial, y la caracterización económica política y social en cada región, municipio, poblados y bateyes urbanos y rurales.

El 30 de abril de 1974 se establece la Ley 1278, sobre el Registro de Solicitudes de Carné de Identidad y de direcciones, terminando la entrega a la población del documento identitario en la propia fecha, pues la urgencia de organizar la tarea obligó a trabajar de forma empírica y con miles de jóvenes, estudiantes y de otros sectores, que desplegaron una labor voluntaria ejemplar, hasta completar la misión encomendada.

Se crean las circunscripciones, sus comisiones electorales (del 1ro al 9 de mayo de 1974), los colegios (14 de junio de 1974), y la nominación de candidatos a delegados a la Asamblea Municipal (13 al 28 de mayo de 1974). Por primara vez en Cuba se desarrollan elecciones sin bayonetas y sin fusiles, a las puertas de las escuelas (30 de junio de 1974). El 11 de julio del mismo año, se constituyen las Asambleas Municipales, cuyos miembros son presentados al pueblo los días 12 y 13 de julio. En fecha 15 de junio crean la Asamblea Regional, y el 21 de igual mes y año la Asamblea Provincial del Poder Popular.

La provincia matancera queda organizada en 5 regiones: Matanzas, Cárdenas, Colón, Jovellanos y Victoria de Girón, con 28 municipios. Dentro de la Región Colón se ubicaban los municipios Los Arabos y San Pedro de Mayabón. Las elecciones de ese año se desarrollan el 30 de junio de 1974

Este periodo es de reorganización de la vida económica del país, el fortalecimiento del Partido Comunista, de las organizaciones de masas, y la reestructuración del aparto del Estado. Se creó el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros como órgano colegiado del Gobierno. Se integro un sistema único de tribunales, se estructuraron los órganos de la Fiscalía, y se promulgaron importantes leyes de procesamiento penal, civil, administrativo y el Código de Familia.

El territorio geográfico que en la actualidad ocupa Los Arabos quedó dividido en los municipios: Los Arabos y San Pedro de Mayabón. Los primeros en asumir la experiencia como dirigentes de la forma de gobierno en ambas localidades fueron por el orden de jerarquía: Luis C Herrera González, Presidente, Luis F Ferrer Duarte Vice-Presidente, Alfredo R Rojas Martínez, Secretario, en San Pedro: Eloy Vázquez Navarro, Gelasio Zabala Copeiro, y Gilberto Gómez Duarte.

EL 24 de febrero de 1976 se promulga la Primera Constitución Socialista Cubana la que define que el Estado cubano está caracterizado por un Estado socialista de trabajadores, independiente y soberano, organizado con todos, como república unitaria y democrática, que la forma de gobernar está basada en que ¨la soberanía reside en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. El pueblo cubano apoya decididamente, por intermedio del referendo Popular, el proyecto de la nueva constitución, aprobando la existencia del Poder Popular.

La experiencia obtenida sobre el funcionamiento de los territorios en Matanzas, llevó a la decisión de eliminar el eslabón intermedio que significaba la región, crear municipios con un mayor volumen de actividad y aumentar el número de provincias. Es así que la Ley 1304 del 3 de julio de 1976, dictada por el Consejo de Ministros, establece una división político administrativa de 14 provincias, y 168 municipios. Quedan constituidos así en un solo municipio Los Arabos y San Pedro de Mayabón.

El día 10 de octubre del propio año 1976 se desarrollan las elecciones, regidas en todo el país por la Ley 1305 del 7 de julio de 1976 ¨Ley Electoral¨, el día 31 del propio mes se constituyen las Asambleas Municipales, el 7 de noviembre las Asambleas Provinciales, y el 2 de diciembre de 1976 se constituye la Asamblea Nacional.

Por primera vez, en las elecciones de 1992, se eligen a los Diputados a la Asamblea Nacional por voto directo y secreto, y se aclama por el voto unido, como símbolo de la unidad nacional, y la fortaleza de la Revolución. En la fecha se crean también los Consejos Populares.

Han transcurrido desde 1974 hasta el 2016, 16 períodos de mandato, y en la actualidad dirigen la Asamblea municipal del Poder Popular de Los Arabos, en calidad de Presidente el Licenciado en Estudios Socioculturales Ricardo Viera Prats, Delegado de la circunscripción número 10, Vicepresidenta, Licenciada en Psicología Lisandra Hidalgo Martínez, delegada de la circunscripción 3, ambas de Los Arabos, y como Secretaria Licenciada en Educación Magalis García Chávez.

Consejos populares

La Asamblea Municipal para su funcionamiento tiene dividido el territorio en 5consejos populares: Los Arabos, Zorrilla-Cuatro Esquinas, San Pedro de Mayabón e Isarael Ruiz, además de las circunscripciones fuera de estas áreas: Palmillas, Aguedita-Arango, y Jacán

Referencias

  1. REGLAMENTO DE LAS ASAMBLEAS MUNICIPALES DEL PODER POPULAR. CAPITULO I - DE LA DIVISION POLITICO-ADMINISTRATIVA. Sección Primera en su artículo 1: Conforme a lo establecido en el artículo 102 de la Constitución de la República, el territorio nacional, para los fines político-administrativos, se divide en provincias y municipios, en tanto en su Sección segunda, consultada el 10 de mayo de 2016.

Fuentes

  • Génesis del Poder Popular, 30 Aniversario. Oficina del Historiador de la Ciudad de Matanzas
  • Síntesis histórica 40 aniversario del Poder Popular en Matanzas, de la Asamblea del Poder Popular en Los Arabos.
  • Reglamento de las Asambleas Municipales del Poder Popular.
  • Manual de Procedimientos de las Asambleas Municipales del Poder Popular.
  • Archivos de Ecured
  • Órganos Superiores y Locales del Poder Popular 1976-2013. Asamblea Nacional del Poder Popular, de Caballero Santana Faustino Cristóbal.