Casa de Lorenzo de Javalera

Casa de Lorenzo de Jabalera
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Obra Arquitectónica  |  (Colonial)
Casa de Lorenzo de Jabalera.JPG
Edificación familiar.
Descripción
Tipo:Colonial
Estilo:Gótico
Localización:Pueblo Trinidad
Uso inicial:Edificación familiar

Casa de Lorenzo de Jabalera. En 1756, Francisco Lavalbillon, esposo de Juana de Dios Miranda, le vende a Felipe Pomares y María de la Vega en 1200 pesos una esta vivienda de teja y embarrados con un colgadizo en la calle del Jigüe, que lindaba con el solar y la casa de Tomás Miranda, hermano de Juana, y ubicado, por la otra esquina, frente a las casas capitulares. Juana era hija de Jerónimo de Dios Miranda y Tomasa de Villalobos, propietarios de un enorme terreno en Real esquina Boca, que estaba delimitado por el fondo por la calle de la Encarnación, más tarde, de Peña. El alto precio de esta venta sugiere una valiosa propiedad.

Devolución y compra

Felipe Pomares la devuelve por no poder pagarla, entonces, la compra el regidor Valentín de Ayala como de teja y embarro y colgadizo que está por la parte de abajo en la calle del Jigüe. En 1759 Ayala y su esposa Eugenia García imponen 2 500 pesos sobre la casa de rafa y teja que tienen en la calle del Jigüe, tasada en la muy considerable cifra de 5 100 pesos. Sin embargo, dicho inmueble desapareció pues en 1787, el presbítero Eugenio de Ayala vende en 800 pesos a Lorenzo Jabalera un solar en la calle Real del Jigüe, frente a la casa capitular, lindando por un costado con solar de Bárbara de Prados y por el otro haciendo esquina a la calle de la Boca, el mismo que se le adjudicó tras la muerte de sus padres. En ese solar, Lorenzo Jabalera, director de la primera compañía de teatro de la ciudad, fabricó la morada que, con modificaciones, ha llegado a nuestros días. Según Francisco Marín Villafuerte, a partir de 1805 el gobernador de la ciudad, teniente coronel Rafael de Quesada vivió en esta casa durante el periodo de su mandato.

Testamento de la casa

En el testamento otorgado por Jabalera en 1812 declara como sus bienes la casa situada en la calle del Jigüe con las accesorias contiguas que dan a la calle de la Boca hasta el callejón que llaman de Peña. En la esquina de la vivienda estaba instalada una botica, propiedad de Jabalera. A su muerte ocurrida el 23 de junio de 1812, su albacea el presbítero Juan Francisco Ramírez, le vende a Jerónimo Prohías la parte del fondo de la vivienda y éste construye en este pedazo una casa de dos plantas.

Resto del inmueble

El resto del inmueble fue comprado por Ambrosio Hurtado de Mendoza, el que, a su vez, lo vende a María de la Consolación García y a sus hermanas Isabel María y María de la Candelaria. Hurtado de Mendoza estaba casado con Adriana Tate, natural de Charleston, Estados Unidos, con quien tuvo tres hijos. A la muerte de Hurtado, Adriana se unió en matrimonio a Martín de Arredondo y, posteriormente, tuvo una hija con José María de Galdós y de Medina, abogado de origen canario radicado en Trinidad, tío de Benito Pérez Galdós. Los Hurtado de Mendoza y los Galdós estaban relacionados porque una hermana de Ambrosio, nombrada Magdalena, era la esposa de Domingo Pérez Galdós, hermano de Benito, sobrinos ambos de José María. El estudioso canadiense de la obra de Galdós, Walter Pattison, afirma que la hija de José María y Adriana, María Josefa Wassinton (sic) de Galdós, nacida en Estados Unidos, fue el amor de juventud del famoso novelista y la musa que le inspiró la creación de sus personajes femeninos. María Josefa Sisi murió muy joven en 1872. Estaba casada con su primo Pablo de Galdós, hijo de Domingo de Galdós y Medina y Eleuteria Mesa, radicados en Santa Clara. Tuvieron una hija nombrada Josefa María de Galdós y Galdós. De las señoras García, la casa pasó a Monserrate de Lara, en 1880. A fines del siglo XIX fue sede de la sociedad La Filomática, y a principios del XX, de la De la Luz.

Fuente

  • [A.H.T. Protocolo de Tomás de Herrera de 1756, escritura del 28 de septiembre; Protocolo de Tomás de Herrera, escritura del 6 de junio; Protocolo de Tomás de Herrera, escritura del 1ro de octubre de 1759; Protocolo de Juan Antonio Muñoz, de 1787, escritura del 25 de mayo; Protocolo de José Mariano de Piedra de 1805, escritura del 4 de diciembre; Protocolo de Juan Matamoros de 1812, escritura del 5 de marzo; Protocolo de Juan Matamoros de 1813, escritura del 4 de septiembre; Protocolo de Blas de Piedra de 1827, escritura del 12 de diciembre; Protocolo de Manuel Aparicio de 1873, testamento por poder otorgado por José Font Y Suris, en nombre de José María de Galdós, en 12 de mayo.]