Centro Nacional de Derecho de Autor

Centro Nacional de Derecho de Autor
Información sobre la plantilla
Institución con sede en Bandera de Cuba Cuba
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Siglas o Acrónimo:CENDA
Fundación:21 de febrero de 1978
País:Bandera de Cuba Cuba
Dirección:Calle 15 # 604 entre B y C, Vedado, Ciudad de la Habana
Sitio web
Sitio Oficial del CENDA
Sitio Oficial del CENDA

Centro Nacional de Derecho de Autor. Conocido por las siglas CENDA, fue creado el 21 de febrero de 1978 por el Decreto 20 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros. Es el órgano encargado de proponer y aplicar la política nacional e internacional para la protección de los autores en Cuba.

Historia

Las bases de la política cultural se habían asentado en las Tesis y Resoluciones sobre la Cultura Artística y Literaria, adoptadas por el Primer Congreso del Partido, donde se fija que:

«"Los valores culturales y la creación intelectual y científica deben ser de beneficio universal', y que "Nuestro país propugna fórmulas que permitan a todos los pueblos el más amplio acceso a la cultura y la ciencia"».

También se dejó sentado que:

«Cuba, que está dispuesta a conceder el acceso a la creación de su pueblo a los demás pueblos del mundo, considera justo retribuir adecuadamente a los creadores los frutos de su trabajo intelectual».

La Constitución de la República de Cuba, proclamada el 24 de febrero de 1976, estableció al Estado Cubano un carácter orientador, de fomento y promoción de la educación, la cultura y las ciencias en todas sus manifestaciones. El 28 de diciembre de 1977, la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó una nueva Ley del Derecho de Autor.

Ley del Derecho de Autor

La Ley del Derecho de Autor, la Ley No. 14, proporcionó reconocimiento a aspectos morales y materiales de los derechos de autor e instituyó su adecuación al interés de la sociedad por el desarrollo y la difusión científica, técnica, educacional y cultural. A partir del 2022 está Ley fue derogada y se aprobó la Ley 154/2022, denominándose Ley de Derechos del Autor y del Artista intérprete.Ley No. 154/2022 de los Derechos del Autor y del Artista intérprete

Surgimiento

El CENDA surgió por iniciativa y a propuesta del Ministerio de Cultura. Su misión está diseñada para contribuir a la aplicación de los planteamientos de la Revolución, para velar por su cumplimiento, contribuir a la creación de condiciones jurídicas, morales y materiales propicias para el trabajo de escritores y artistas y para el fomento de la creación.

Tiene además funciones derivadas del ejercicio de los derechos de autor: otorgamiento de licencias de uso de obras protegidas, cobro y distribución de la remuneración establecida por ese uso, entre otras. Además tiene asignada la participación en las actividades de las organizaciones internacionales en el campo del derecho de autor.

Su antecedente institucional más inmediato fue el Instituto Cubano de Derechos Musicales.

Labor

La labor del CENDA en la actualidad se dirige fundamentalmente a proporcionar un contexto jurídico adecuado en el sistema de relaciones que se establecen en torno a la utilización de obras intelectuales y el ejercicio de los derechos de autor. Sus tareas principales se vinculan a:

  • La reglamentación de la Ley del Derecho de Autor.
  • La elaboración de un proyecto de disposición jurídica para complementar y actualizar la Ley del Derecho de Autor.
  • La emisión de licencias de uso de obras.
  • El registro de obras.
  • La emisión de los dictámenes legales y disposiciones aclaratorias.
  • La solución de reclamaciones.

El CENDA presta atención a la formación de especialistas en materia de Derecho de Autor, mediante la participación e implementación de cursos y adiestramientos, y el incremento permanente de sus fondos bibliográficos.

Servicios

  • Asesoría jurídica.
  • Registro de obras.
  • Biblioteca especializada.

Agencias de Representación

  • ACDAU: Agencia Cubana de Derechos de Autores Universitarios (ACDAU), creada mediante la Remoción No. 50 de fecha 19 de junio de 1997, del Ministro de Cultura para la representación de los autores universitarios vinculados laboralmente al Ministerio de Educación Superior o en colaboración con este, en la promoción y comercialización en el exterior de sus derechos de autor.
  • ALL: La Agencia Literaria Latinoamericana (ALL), institución de carácter cultural creada a través de la Resolución No. 13 de fecha 29 de enero de 1986, del Ministro de Cultura. Ejerce, en materia de derecho de autor, la representación legal de escritores cubanos y de otros países de Latinoamérica para todas las lenguas y regiones del mundo. Representa a los autores en los campos de la ficción y no ficción, artísticos, científico técnico, educacionales, deportivos y de ciencias sociales.
  • ARAA: La Agencia de Representación de los Autores Audiovisuales (ARAA), fue creada con carácter exclusivo por la Resolución No. 4 de fecha 1 de abril de 1999, del Director General del CENDA para la promoción, gestión y comercialización de los derechos de los autores de las obras audiovisuales expresadas en cualquier soporte material. Dicha agencia se encuentra adscripta a la Productora Cinematográfica ICAIC.
  • COPREFIL: Agencia de los diseñadores de sellos postales, creada mediante la Resolución No. 4 de 13 de marzo de 1996, del Director General del CENDA que autoriza a la Empresa Comercial y de Producciones Filatélicas (COPREFIL), a la gestión de los derechos y representación en el extranjero de los autores cubanos relacionados con el diseño de los valores postales.
  • Cultura Popular: Cultura Popular, perteneciente a la Editora Política, creada a partir de la Resolución No. 16 de fecha 18 de septiembre de 1998 del Director General del CENDA, donde se le autoriza a la editorial a realizar las funciones de agencia de representación de los creadores literarios, pero en lo fundamental para aquellas obras que tienen un contenido histórico, político y sociocultural.
  • PALCIEN: Agencia de Representación de los Autores Científicos (PALCIEN), para los autores de obras científicas perteneciente al CITMA.

Fuentes