Consejo de Indias

Consejo de Indias
Información sobre la plantilla
Institución con sede en Bandera de España España
21,7 KB
Institución creada durante el reinado de Carlos I
Fundación:1519
Director/a :Juan García Loaysa y Mendoza Arzobispo de Sevilla
País:Bandera de España España
Dirección:Madrid

Consejo de Indias. Organismo regulador de todas las actividades políticas, administrativas y jurídicas del Nuevo Mundo creada durante le reinado de Carlos I. Institución de carácter consultivo. Ratificado como organismo independiente en 1524.

Fundación

El Real y Supremo Consejo de Indias, fue una institución de carácter consultivo creada durante el reinado de Carlos I con el objetivo de controlar las posesiones de la corona en América. Establecido en 1519 como una sección del Consejo de Castilla y ratificado como organismo independiente en 1524, el Consejo de Indias no tuvo sitio fijo en sus comienzos, acompañaba al rey junto con la corte. Recién en 1561 cuando el monarca se instaló definitivamente en Madrid, en el Escorial, el consejo se emplazó en el Alcázar Viejo y más tarde, tras la construcción del Palacio Real, en el Palacio de los Consejos. La primera mención de ese organismo figura en un documento firmado por el monarca Carlos I el 14 de septiembre de 1519, establecido a imitación del de Castilla.

Objetivos y actividades que comprendía

Sus competencias comprendían la intervención en todos los negocios de las Indias, el nombramiento de sus autoridades, la administración de la hacienda, la organización de las colonias, la legislación, las visitas y las residencias. En el orden judicial, era la máxima instancia en los asuntos civiles, aunque más tarde se le encomendó también la jurisdicción criminal.

Integración del Consejo

Casa de Contratación del Consejo de Indias

En los comienzos estuvo constituído por un Presidente, un Canciller y un número de Consejeros que se fue ampliando con el correr del tiempo y la complejidad que supuso la administración de América. La primera autoridad nombrada por los Reyes Católicos Juan Rodríguez de Fonseca. A éste siguieron el Cardenal Cisneros, y cuando la institución tomó un carácter más formal, el primer Presidente fue Juan García Loaysa y Mendoza, clérigo español que más tarde pasó a ser el Arzobispo de Sevilla. Otra de las figuras importantes fue Luis de Velasco, Marques de Salinas, político español, dos veces nombrado Virrey de la Nueva España y Virrey de Perú, nombrado Presidente del Consejo en 1611. Integraban el Consejo cinco miembros entre civiles y eclesiásticos, pero luego su número fue aumentando a medida que las circunstancias lo requerían. Los consejeros no eran unos simples burócratas sedentarios, sino que se les utilizaba como visitadores, presidentes de audiencias y delegados en visitas a la Casa de Contratación de Sevilla. Junto con ellos existían distintos cargos y oficios. La Secretaría se dividía en dos: una de Gobierno y Gracia, y otra de Justicia. Varios relatores se encargaban de redactar las consultas. Existía también un relator de penas -encargado de las multas y embargos-, un cronista y un cosmógrafo mayor de Indias.

Funciones

Las funciones del Consejo variaron con el tiempo. Primero se separaron de él todos los asuntos correspondientes a hacienda y después los de las armadas, que eran conocidos por el Consejo de Guerra. En 1567, por orden del monarca, el licenciado Juan de Ovando intervino en las tareas privativas del Consejo, al que acusó de desconocer las leyes y ordenanzas por las que se regía. Por ello, se le encomendó recopilar toda la legislación indiana. Uno de los hombres que más lo ayudaron en esa tarea fue López de Velasco. Fruto de ese trabajo fue la Gobernación espiritual y temporal de las Indias. De la misma manera, las ordenanzas de 1571 fueron obra de Ovando. En ellas se estableció que la principal función del Consejo era la gobernación y justicia de las Indias, velar porque dispusiera de descripciones geográficas exactas de los nuevos territorios, la evangelización y buen trato de los indígenas, someter a maduras reflexiones todos los problemas antes de legislar sobre ellos, y llevar rápida y puntualmente los negocios.

Decadencia

Primer Tomo de la Legislación del Consejo de Indias

A partir del siglo XVII, el Consejo de Indias entró en un proceso de decadencia por efecto del favoritismo y los vicios de la corrompida corte de los privados. Una de las consecuencias de esa situación fue la pérdida de su unidad. Hasta entonces, todos los consejeros intervenían en aquellos asuntos que eran de su competencia, pero desde 1600 se designaron a unos cuantos en juntas parciales. En ese año se crearon tres nuevos organismos: el Consejo de Cámara de Indias, la Junta de Hacienda y la Junta de Guerra. Los tres redujeron aún más las labores del Consejo, que solo se ocupó de examinar las visitas, residencias y otros aspectos relacionados con la justicia. De acuerdo con su carácter cortesano, el Consejo de Indias abandonó Madrid cuando el monarca se instaló en Valladolid. En esa ciudad permaneció hasta 1606, cuando volvió a Madrid. En cuanto a la legislación que había recopilado Ovando, se prosiguió con ella con Diego de Encinas, oficial de la Escribanía de Justicia. Su primer tomo apareció en 1596.

Fuente

Encaribe, Enciclopedia de Historia y Cultura del Caribe