Corrupción de menores

Corrupción de menores
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Concepto:Fenómeno social, conducta delictiva.

Corrupción de menores. Calificado como un fenómeno social muy antiguo con raíces en la sociedad actual, alcanza un grado de complejidad extremo. Sus víctimas quedan marcadas por traumas psicológicos y sociales difíciles de salvar aun con el tratamiento medico establecido. La forma de manifestarse la conducta corruptora abarca direcciones disímiles y complejas en el ámbito jurídico en función de la sanción penal aplicable. Las secuelas tanto sociales como las propias padecidas por las victimas son de difícil valoración en cuanto a su alcance.

Antecedentes

Desde los inicios de la civilización humana se manifiesta la tendencia a la corrupción de menores. En Grecia, eran perseguidos los corruptores y se castigaba con la pena de muerte y fue recogido también el digesto, libro XLVIII, Titulo 19. Muchas han sido las regulaciones desde entonces dirigidas a la protección del menor en función de esta tipicidad delictiva, la revolución Francesa (1789) marco el primer intento regulador de esta conducta mediante la aplicación de leyes similares a las aplicadas hoy en los Códigos modernos

Cuba colonial

El Código Penal Español de 1870 aplicado a Cuba, durante la época colonial, dentro de los delitos contra la honestidad (Titulo IX) recogía el Estupro y la Corrupción de menores, situando la edad de la victima entre 12 y 23 años. El artículo 462 regulaba el delito de corrupción de menores refiriéndose del modo siguiente: “El que habitualmente o con abuso de autoridad o confianza promoviere o facilitare la prostitución o corrupción de menores de edad, para satisfacer los deseos de otros, será castigado con la pena de prisión correccional en su grado mínimo y medio o con inhabilitación temporal absoluta si fuera autoridad”.

Cambios posteriores

El 4 de abril de 1936 se dicta el decreto ley 802 que en su titulo XI protegía “Las buenas costumbres y el orden de la familia”, recogiendo como delito el de corrupción de menores. Fue el Código de Defensa Social la ley que supuso un cambio sustancial en la concepción de dicha figura delictiva, señalando además otras conductas corruptoras detallando lo siguiente… quien teniendo noticias de que un menor de edad sujeto a su potestad o guardia, se encontraba ejerciendo la prostitución, no lo impidiera o pusiera el hecho en conocimiento de la autoridad; el caso de quien realizara actos sexuales obscenos o indecentes en presencia de estos; y el que ofreciera, vendiera, suministrara o facilitara a un menor de edad libros, publicaciones, estampas, fotografías u otros objetos de carácter obsceno seria sancionado según lo estipulado en el referido “Código de defensa Social”

Luego del triunfo revolucionario en Cuba

Especial atención se le brindó a la infancia desde los primeros años, ya el 14 de junio de 1959 se dicta la Ley No 459 y posterior la 546 de fecha 15 de septiembre de 1959, ambas relacionadas con los menores de edad. A lo largo de los años de revolución, en este sentido, se han emitido por la Asamblea Nacional de conjunto con el Ministerio de Justicia disposiciones legales que regulan la conducta en función de facilitar la seguridad e integridad de los menores en nuestra sociedad. Ya el 23 de junio de 1973 se pone en vigor la ley No. 1249 derogando así numerosos artículos del Código de Defensa Social de 1936, formulándose por vez primera el delito de Corrupción de menores con una óptica actual.

Actualidad

Corrupción de menores

Con las nuevas normas económicas, sociales adoptadas y perjudicados con el actual bloqueo económico a que es sometida Cuba, por el gobierno de Estados Unidos, aparecen nuevas tendencias, rezagos del pasado social de Cuba; por lo que se hace necesario adoptar nuevas medidas que regulen las actividades ilícitas que hacen eco en la población infantil como la prostitución de menores, el abuso sexual y en fin la Corrupción de menores, persiguiendo con la aplicación de los recursos jurídicos aportar con la medida aplicada a la educación e integración a la sociedad del infractor.

Fuentes