Derecho informático

Derecho informático
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Concepto:Aplicación del Derecho a la informática permitiendo que se adopten o creen soluciones jurídicas a los problemas que surgen en torno al fenómeno informático.

Derecho informático. Ciencia y rama autónoma del Derecho que abarca el estudio de las normas, jurisprudencias y doctrinas relativas al control y regulación de la informática en aspectos como la regulación del medio informático en su expansión y desarrollo, y la aplicación idónea de los instrumentos informáticos. El Derecho informático no se dedica al estudio del uso de los aparatos informáticos como ayuda al Derecho, sino que constituye un conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática. Es decir, que la informática en general desde este punto de vista es objeto regulado por el Derecho.

El Derecho informático, como nueva creación jurídica, se encarga de buscar soluciones a los retos planteados por la evolución de las aplicaciones de las computadoras electrónicas. Esta rama del Derecho está en constante seguimiento y estudio de los avances, adelantos y transformaciones tecnológicas a fin de ir planteando las medidas adecuadas que permitan una armónica convivencia social.

Origen del término

El término "Derecho Informático" (Rechtinformatik) fue acuñado por el Prof. Dr. Wilhelm Steinmüller[1], académico de la Universidad de Regensburg de Alemania, en los años 1970. Sin embargo, no es un término unívoco, pues también se han buscado una serie de términos para el Derecho Informático como Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet, etc.

Objeto y método

El Derecho Informático es una nueva disciplina Jurídica que tiene como objeto inmediato de estudio la informática y como objeto mediato la información. Su método científico se caracteriza por desarrollar las instituciones jurídicas informáticas e interrelacionarlas sistemáticamente con la realidad; así, se tiene que los problemas derivados del software, de la información computarizada, del hardware, firmware, shareware y otros bienes, son tratados desde sus distintos alcances en el ordenamiento legal, buscando coherencia y tratamiento integral.

El objeto de estudio del Derecho Informático no se ve afectado por la existencia de situaciones ventuales, sino que por el contrario, su autonomía se va reforzando en el tiempo.

Informatización del Derecho

La informática, como uno de los fenómenos más significativos de los últimos tiempos, deja sentir su incontenible influjo en prácticamente todas las áreas del conocimiento humano, dentro de las cuales el Derecho no puede ser la excepción, dando lugar a la interdisciplina Derecho informático, como rama de las ciencias jurídicas que contempla a la informática como instrumento y como objeto de estudio.

El Derecho informático cumple un rol importante en la prevención de situaciones no deseadas para los usuarios de las Nuevas Tecnologías de la Información y cuando se presentan determinadas circunstancias que los afecten, facilita la incorporación de nuevas instituciones jurídicas que permitan crear confianza a las personas e instituciones que realizan tales operaciones, permitiendo de esta forma la solución de aquellos problemas generados por el uso de los medios electrónicos en la sociedad.

El Derecho informático adquiere gran importancia y trascendencia por el desarrollo de un número cada vez mayor de elementos informáticos, electrónicos, ópticos y similares, que facilitan la vida del hombre, pero a su vez, le generan serias dificultades en su interacción con los demás seres humanos, surgiendo de esta manera una serie de circunstancias que permiten el desarrollo, fortalecimiento y perfeccionamiento del Derecho nformático y sus instituciones jurídicas.

Características

  • Es un Derecho moderno, en comparación con otras ramas tradicionales del Derecho, que tiene sus orígenes en los problemas generados por la Implementación de la computadora en la sociedad. Se recordará que el impulso y posterior desarrollo de las computadoras data de los años 50 del siglo XX.
  • Es un Derecho íntimamente influenciado por las tecnologías en general, debido a que éstas han permitido un desarrollo sostenido de la computadora y su entorno, por ejemplo, en la actualidad se tienen una serie de problemas jurídicos generados por el uso de Internet en las diversas actividades de las personas.
  • Es un Derecho que se encuentra ligado al proceso de globalización, por lo que el jurista se encuentra obligado a resolver el problema del juez competente, el mismo que debe conocer y dar solución a determinado caso concreto, debiendo asimismo, analizar todo aquello que esté relacionado con la ley aplicable a cada situación en particular.
  • Es un Derecho que necesariamente debe ser legislado en leyes especiales, debido a que su objeto de estudio, así como sus formas de regulación son muy dinámicas.
  • Es un Derecho autónomo, con instituciones propias que se encarga de brindar soluciones legales a los problemas planteados por el avance científico en el ámbito de su competencia. Es importante indicar, que conforme transcurre el tiempo surgen nuevas dificultades legales no previstas por el jurista, el legislador o el juez, pero que el Derecho informático permite solucionar, hecho que refuerza y sustenta la característica en mención.

Autonomía

Según encuentros sobre Informática realizados en Facultades de Derecho en España a partir de 1987, siempre surgían problemas a la hora de catalogar al Derecho Informático como rama jurídica autónoma del Derecho o simplemente si el Derecho Informático debe diluirse entre las distintas ramas del Derecho, asumiendo cada una de estas la parte que le correspondiese.

Ahora bien, para analizar esta dicha situación, es necesario mencionar las bases que sustentan a una rama jurídica autónoma, y al respecto se encuentran:

  • Una legislación especificada (campo normativo).
  • Estudio particularizado de la materia (campo docente).
  • Investigaciones, doctrinas que traten la materia (campo científico).
  • Instituciones propias que no se encuentren en otras áreas del Derecho (campo institucional).

En el Derecho Informático si existe legislación específica que protege al campo informático. Tal vez no con tanta trayectoria y evolución como la legislación que comprenden otras ramas del Derecho, pero si existe en el Derecho informático, legislación basada en leyes, tratados y convenios internacionales, además de los distintos proyectos que se llevan a cabo en los entes legislativos de las naciones, con la finalidad del control y aplicación lícita de los instrumentos informáticos.

Con respecto a las instituciones propias que no se encuentren en otras áreas del Derecho (campo institucional), se encuentra el contrato informático, el documento electrónico, el comercio electrónico, entre otras, que llevan a la necesidad de un estudio particularizado de la materia (campo docente), dando como resultado las Investigaciones, doctrinas que traten la materia (campo científico). En efecto, se pueden conseguir actualmente grandes cantidades de investigaciones, artículos, libros, e inclusive jurisprudencia que esté enmarcada en la interrelación entre el Derecho y la informática, como se ha constatado en los Congresos Iberoamericanos de Derecho e Informática.

Relación con otras ramas del Derecho

Con el Derecho Constitucional

El Derecho Informático tiene una estrecha relación con el Derecho Constitucional, por cuanto la forma y manejamiento de la estructura y órganos fundamentales del Estado, es materia constitucional. De allí, que se debe resaltar que dicho manejamiento y forma de controlar la estructura y organización de los órganos del Estado, se lleva a cabo por medio de la Informática, colocando al Derecho Informático en el tapete, porque con el debido uso que se le den a estos instrumentos informáticos, se llevará una idónea, eficaz y eficiente organización y control de estos entes. De lo que se puede desprender una serie de relaciones conexas con otras materias como sería el caso del Derecho Tributario y el Derecho Procesal.

Con el Derecho Penal

En este punto se nota una estrecha relación entre el Derecho Informático y el Derecho Penal, porque el Derecho Penal regula las sanciones para determinados hechos que constituyen violación de normas del Derecho y en este caso del Derecho Informático, en materia del delito cibernético o informático, entonces se podría comenzar a hablar del Derecho Penal Informático.

Con los Derechos Humanos

Los Derechos humanos, indispensables para defender los Derechos fundamentales del hombre, tales como el de la vida, el de la igualdad, el respeto moral, vida privada e intimidad que llevan al hombre a ser dignos y por consiguiente a tener dignidad, con lo que permite catalogar a las personas como íntegras, conviviendo en ambiente de respeto, de libertad y haciendo posible sociedades verdaderamente civilizadas.

¿Qué relación puede tener el Derecho Informático con los Derechos humanos?, pues bien, es tan grande esa relación que sería motivo de innumerables libros y monografías; sin embargo, muy simple y brevemente se puede mencionar la posibilidad de que exista a través del Derecho Informático esa regulación jurídica que apoye el buen funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, sólo para dar un simple ejemplo; es de imaginar, la eficacia y eficiencia con que se manejarían las leyes, que colaborarían en un alto grado a la celeridad procesal, punto indispensable para defender los Derechos humanos de las personas que se encuentran en las cárceles nacionales, declaradas éstas a nivel internacional, como centros violadores de los Derechos humanos. Entonces, al existir celeridad, habrá posibilidad de evitar la sobrepoblación en las cárceles, factor que ha influido en la constante violación de estos Derechos; por producir esa sobrepoblación, escasez de alimento para los reclusos, así como carencia de medios sanitarios y de higiene mínimos necesarios.

También, se pueden mencionar otras relaciones tratadas en materia de Derechos humanos como lo es la privacidad e intimidad, que podrían ser burladas por utilización ilícita de los medios informáticos.

Con la propiedad intelectual

En las naciones se necesita con urgencia un mejor control de esta materia, para penalizar los plagios, la piratería y en sí cualquier ilícito en contra de los Derechos de autor o industriales, debido a que se están produciendo estos ilícitos en contra y por medio de los instrumentos informáticos.

Informática jurídica

El Derecho Informático constituye el conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática. Es decir, que la informática en general desde este punto de vista es objeto regulado por el Derecho.

Ahora bien, la informática jurídica constituye una ciencia que forma parte del ámbito informático, demostrando de esta manera que la informática ha penetrado en infinidad de sistemas, instituciones, etcétera; y prueba de ello es que ha penetrado en el campo jurídico para servirle de ayuda y servirle de fuente. Por lo tanto, la informática jurídica puede ser considerada como fuente del Derecho.

La informática jurídica estudia el tratamiento automatizado de las fuentes del conocimiento jurídico a través de los sistemas de documentación legislativa, jurisprudencial y doctrinal (informática jurídica documental); las fuentes de producción jurídica, a través de la elaboración informática de los factores lógico-formales que concurren en el proceso legislativo y en la decisión judicial (informática jurídica decisional); y los procesos de organización de la infraestructura o medios instrumentales con los que se gestiona el Derecho (informática jurídica de gestión).

Resguardo de la información

El Derecho Informático como una nueva rama del Derecho se encarga de prever las soluciones jurídicas a los grandes problemas generados por el uso de las tecnologías en la sociedad, por lo que los especialistas en esta nueva rama del Derecho se enfrenta constantemente al dilema de dar respuestas coherentes y armónicas para que el operador jurídico se encuentre en condiciones de plantear las soluciones más adecuadas a cada caso concreto.

Con la finalidad de otorgar un adecuado resguardo a la información que circula por las redes interconectadas, sean estas, redes abiertas como Internet o redes cerradas como las Intranet o redes internas que se instalan en las instituciones, el Derecho Informático recoge instituciones técnicas y las incorpora al Derecho otorgándoles un adecuado valor legal, por ejemplo, se pueden citar las técnicas de cifrado, es decir, aquellos elementos de seguridad que permiten ocultar la información evitando que personas extrañas a las relaciones vinculantes y generadoras de derechos entre las partes, accedan a la misma para dañarla, alterarla o comercializarla.

Criptografía

Artículo principal: Criptografía
El Derecho Informático ha incorporado a la Criptografía como institución jurídica. La Criptografía es la ciencia que se encarga del estudio del cifrado de la información, de tal forma, que por el uso de tales técnicas se consiga otorgar un alto grado de confidencialidad a las comunicaciones y manifestaciones de voluntad realizadas a través de medios electrónicos. La Criptografía moderna permite ocultar la información por medio de la aplicación de grandes funciones matemáticas, las mismas que son aplicadas mediante determinado software diseñado para tal efecto.

Los orígenes históricos de la criptografía se remontan a las necesidades del ser humano para proteger eficientemente sus comunicaciones, los secretos militares y la información estatal en general. Actualmente, la realidad informática en que se vive ha permitido que todas las instituciones y personas transmitan y archiven grandes cantidades de datos e información, las mismas que deben ser cauteladas con mucho cuidado. En los tiempos modernos la técnica de cifrar tanto datos como información se ha convertido en una imperiosa necesidad.

Características

  1. Otorgan confidencialidad tanto a los datos como a la información que circula por redes abiertas o redes cerradas.
  2. Permiten la integridad tanto de los datos como de la información.
  3. Facilitan la verificación de la autenticidad de datos e información.
  4. Generan confianza, en vista que permiten otorgar seguridad a las comunicaciones.
  5. Evitan que datos e información sean conocidos por terceros ajenos a las relación entre las partes, al mantenerlos seguros hasta el momento en que pierdan importancia para los usuarios.

Campos de estudio

  • Acceso a la información
  • Acceso a las TICs
  • Administración de Justicia y Nuevas Tecnologías.
  • Banca y Dinero Digital
  • Censura en Internet. Libertad de Expresión online
  • Comercio Electrónico
  • Contratos Informáticos
  • Compras públicas mediante el uso de las NTIC
  • Correo electrónico
  • Defensa del consumidor
  • Delitos Informáticos
  • Derecho en la Era Digital
  • Derecho de las Telecomunicaciones
  • Derecho Laboral e Informática. Teletrabajo.
  • Documento Electrónico, mesajes de datos, EDI y Factura Electrónica
  • Editoriales online de Derecho.
  • E-government
  • e-Learning del Derecho y Nuevas Tecnologías
  • Firma Electrónica
  • Hábeas data
  • Impuestos e Internet
  • Informática jurídica
  • Manifestación de la Voluntad por Medios Electrónicos
  • Medidas Cautelares sobre Equipos Informáticos
  • Nombres de Dominio y Direcciones IP
  • Notas Bibliográficas y de Eventos
  • Notificación por Medios Electrónicos
  • Privacidad
  • Protección de datos
  • Profesionales del Derecho en la Era Digital
  • Propiedad Intelectual y Propiedad Industrial e Internet
  • Programas: Software Jurídico. Bases de datos y Gestión de Bufetes
  • Protección de Datos de Carácter Personal
  • Publicidad e Internet
  • Relación entre el Derecho y la Informática
  • Seguridades informáticas
  • Sociedad Civil e Internet
  • Sociedad de la Información
  • Software libre
  • Telefonía y Voz sobre IP
  • Wireless Application Prototocol (WAP)

Conclusiones

El Derecho Informático va adquiriendo mayor importancia y trascendencia en los tiempos modernos, en vista que permite obtener las soluciones legales adecuadas a los problemas generados por el uso de la informática en sociedad. Va incorporando a los sistemas jurídicos nacionales una serie de instituciones técnicas que permiten asegurar las operaciones en línea. Además, la criptografía se ha convertido en una herramienta fundamental para asegurar las operaciones y las manifestaciones de voluntad realizadas por medios electrónicos, así como para la previsión de posibles ataques realizados mediante el uso de técnicas criptoanalíticas por terceras personas ajenas a la relación entre las partes.

Referencias

Bibliografías

  • NUÑEZ PONCE, Julio: "DERECHO INFORMATICO: Nueva Disciplina Jurídica para una Sociedad Moderna". Ed. Marsol, Perú Editores. Primera Edición. Enero de 1996. Lima, Perú. 366 p.p.
  • ESPINOZA CÉSPEDES, José Francisco. Contratación Electrónica, Medidas de Seguridad y Derecho Informático. Editorial RAO, 2000, p. 70.

Fuentes