Ferdinand Lassalle

Ferdinand Lassalle
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Político y pensador alemán. Nacido en el seno de una familia de comerciantes judíos
NombreFerdinand Lassalle
Nacimiento11 de abril de 1825
Breslau, Confederación Germánica
Fallecimiento31 de agosto de 1864
Carouge, Suiza
OcupaciónAbogado y Político

Ferdinand Lassalle. Político y pensador alemán. Nacido en el seno de una familia de comerciantes judíos, cursó estudios en Breslau y Berlín. Tras una breve estancia en París, que le permitió conocer el movimiento socialista francés, en 1845 se afilió a la Liga de los Justos. Durante su participación en la revolución alemana de 1848, por la que fue encarcelado, entabló amistad con Karl Marx.

Síntesis biográfica

Nace

Nació el 11 de abril de 1825, en Breslau, Confederación Germánica.

Muerte

Falleció el 31 de agosto de 1864 en Carouge, Suiza.

Ideas socialistas

Comienza su vinculación con las ideas socialistas durante una corta estancia que estuvo en 1845 en París donde conoce a Heine y a Proudhon. Luego por estar involucrado en la Liga Comunista cae preso en 1848 durante los sucesos revolucionarios que se produjeron en esa época.

En abril y noviembre de 1862 dictará dos conferencias de un trabajo que hoy conocemos con el título ¿Qué es una Constitución?, que posteriormente resultará ser su obra más leída. En 1862 escribe su Programa de los Trabajadores o Arbeiterprogramm donde se presenta más reformista que revolucionario proponiendo tácticas con claras tendencias corporativistas para ser ejecutadas con las instituciones democráticas existentes. A pesar de haber anunciado en su segunda conferencia que ya tenía una organización política, no va a ser sino hasta el siguiente año cuando la funde bajo el nombre de Asociación General del Trabajo Alemana o Allgemeine Deutsche Arbeiterverein, organización ésta, que dará origen al Partido Social Demócrata Alemán con posteridad a la muerte de Lassalle.

Lassalle conoce el año siguiente en Berlín a Hélène von Dönniges, hija de un diplomático bávaro residenciado en Génova con quien se casa en el verano de ese mismo año. Esta relación se transformó en una verdadera tormenta para Lassalle, al ser ésta encerrada en su habitación para que renunciara a su vínculo con él; aparentemente presionada para que se uniera sentimentalmente en favor de otro llamado Conde von Racowitz.

Furioso Lassalle, dispuesto a dar fin a esta disputa amorosa, escribe sendas cartas al padre de su amada y a este conde Racowitz donde desafía al último a un duelo para solucionar esta afrenta en los suburbios de Génova. Von Racowitz acepta el reto en el cual resultó muerto Ferdinand Lassalle el 31 de agosto de 1864.

En su teoría de la Ley del Bronce o del salario real o das eherne lohngesetz, afirmaba que los obreros debían recibir un salario que correspondiera justamente a sus necesidades de la subsistencia y de sus respectivas familias. Un nivel salarial inferior les ocasionaría una indebida alimentación, una mala salud, además de sufrimientos y desdichas entre los mismos trabajadores; aparte del descontento que afectaría la paz laboral y a la sociedad en general.

Por lo contrario, un salario que estuviese por encima de sus necesidades económicas, desequilibraría la correlación armónica que debería existir prudentemente entre la oferta y la demanda; ya que, al aumentar desmesuradamente la calidad de vida de los trabajadores originada por sus altos ingresos económicos, traería esto como consecuencia un elevado índice de natalidad, generando a la postre, un incremento desproporcionado de la oferta sobre la demanda de trabajo, que gravitaría inexorablemente en un descenso abrupto del salario de los trabajadores, aún por debajo de su nivel anterior.

Para Lassalle, los obreros carecen como clase social, de conciencia del hecho de que sus salarios se encuentran regidos por las leyes naturales de la población. Tomada a primera mano, esta teoría, pareciera estar en contra de los trabajadores; pero el socialismo de Lassalle, consiste inteligentemente en investigar y tomar en cuenta la cruda realidad.

Impone de una manera juiciosa e inmediata, la necesidad perentoria de aumentar los ingresos de los trabajadores a niveles que les produzcan condiciones de vidas dignas y decorosas. Lassalle no se dejaba atrapar por los cantos de sirena del socialismo utópico de Saint-Simon, Fourier y de Owen, ni por la confrontación virulenta y violenta propuesta por los anarquistas y por los socialistas colectivistas de Marx y Engels.

El socialismo de Lassalle se presentaba como más pragmático y posible, ya que pretendía elevar el nivel de vida de los trabajadores en una forma disuasiva y no rupturista, frente a los que él denominaba factores reales de poder.

¿Qué es una Constitución?

Esta obra, escrita en la época de Bismarck, la comienza Lassalle haciéndose la pregunta sobre qué cosa era una Constitución, señalando que esta respuesta para un jurista de ideas monárquicas podría ser contestada de la siguiente forma:

  • La Constitución es un pacto jurídico entre el rey y el pueblo, que establece los principios básicos de la legislación y del gobierno dentro de un país.

Pero, si este jurista tuviera ideas republicanas, seguramente la definiría así:

  • La Constitución es la ley fundamental proclamada en el país, en la que se echan los cimientos para la organización del Derecho Público de esa nación.

Sin embargo, cree Lassalle que realmente, ambas definiciones sólo se limitan a describir la forma y no el fondo sobre la pregunta realizada ¿Qué es una Constitución?

Las respuestas anteriormente dadas no llegan a determinar su concepto, su esencia; y lo que podríamos añadir, su carácter metafísico-jurídico. De ahí, que Ferdinand Lassalle propone sin nombrarlo llegar a la verdad de este asunto a través del método socrático de la inducción, para llegar a la definición, pasando por lo que conocemos como género próximo y diferencia específica.

Así lo enuncia el mismo Lassalle cuando afirma

Como todavía no lo sabemos, pues es aquí donde hemos de indagarlo, todos juntos, aplicaremos un método que es conveniente poner en práctica siempre que se trata de esclarecer el concepto de una cosa. Consiste en comparar la cosa cuyo concepto se investiga con otra semejante a ella, esforzándose luego por penetrar clara y nítidamente en las diferencias que separan a una de otra.

Cuando se busca la cosa más parecida a una Constitución, estamos en presencia de una ley o de un conjunto de las mismas en sentido general. Una Constitución tiene un continente y un contenido similar al de las leyes, ya que ambas son un conjunto de normas jurídicas que persiguen reglar la conducta de los hombres. Además, están divididas en artículos que llevan un orden preestablecido y que actúan, entre ellos sistemática y correspondientemente.

Así de esta manera, Lassalle encuentra a las leyes como el género más próximo a la Constitución, ya que al igual que las mismas, presenta un carácter coercitivo hacia los órganos del Estado y hacia todas las personas jurídicas y naturales en general, realizándose ésta su promulgación, de forma legislativa.

Diferencias entre Constitución y leyes en general

Ambas, la ley y la Constitución, tienen evidentemente, una esencia genérica y común. Una Constitución para regir, necesita la promulgación legislativa, es decir, que tiene que ser también ley. Pero no es una ley como otra cualquiera, una simple ley: es algo más.

Para Lassalle, las leyes también tienen como carácter general su continua reforma en los parlamentos. Nadie protesta por el solo hecho de que se reformen las mismas. Es más, los parlamentarios son elegidos para que produzcan con bastante prontitud las nuevas leyes que la sociedad vaya demandando. Pero en cambio, se alzan las voces de protesta cuando se trata de reformar la Constitución o de hacer una nueva.

De ahí, que para Lassalle la Constitución es algo, mucho más sagrado, más firme e inconmovible que una ley ordinaria, ya que esta primera no es una ley como otra cualquiera, sino la ley fundamental del país. Por eso, señala las siguientes diferencias entre la Constitución y las leyes ordinarias del país:

  • La Constitución es una ley fundamental que ahonda más que las leyes corrientes, tal como lo indica su predicado de fundamental.
  • Es una ley fundamental que constituye el verdadero fundamento de las otras leyes. Actúa e irradia sobre las leyes ordinarias del país.
  • Es una fuerza activa que permite que las instituciones jurídicas y las leyes sean lo que realmente son.

Para la creación de las Constituciones, debe tenerse en cuenta, lo que para lassalle se llaman los factores de poder. Éstos podrían ser:

  • La monarquía
  • La aristocracia
  • La gran burguesía
  • Los banqueros
  • La conciencia colectiva y la cultura general
  • La pequeña burguesía y la clase obrera

La Constitución va a ser entonces, la suma de los factores reales de poder que rigen en ese país.

Por supuesto, si hablamos de un sistema político republicano, no estaríamos señalando como factores reales a la monarquía y a la aristocracia. Cada factor de poder es un fragmento de la Constitución según Lassalle. Cuando habló Lassalle de la gran burguesía, la cual sucedió a los gremios laborales representados en las corporaciones, llegó de manera regresiva a la siguiente conclusión histórica:

Basta esto para comprender que la gran producción, la producción mecánica y el sistema de maquinismo, no podían prosperar ni un solo día con una Constitución de tipo gremial.

Principales obras

  • Die Philosophie Herakleitos des Dunklen von Ephesos o Heráclito el Oscuro Filósofo de Éfeso
  • Franz von Sickingen
  • Der Italinische Krieg und die Aufgabe Preussens o La Guerra Italiana y la Misión de Prusia
  • System der Erworbenen Rechte o Sistema de Derechos Adquiridos
  • Zur Arbeiterfrage o On the Labor Issue
  • Arbeiterlesebuch o Manual para Trabajadores
  • Manifiesto Obrero y otros Escritos Políticos
  • Úber Verfassungswesen o Qué es una Constitución?

Frases de Ferdinand Lassalle

  • Todo país tiene necesariamente una Constitución real y efectiva; pues no se concibe país alguno en que no imperen determinados factores reales de poder, cualesquiera que ellos sean.
  • Cuando en un país estalla y triunfa la revolución, el Derecho Privado sigue rigiendo, pero las leyes de Derecho Público yacen por tierra rotas o no. No tienen más que un valor provisional y hay que hacerlas de nuevo.
  • Nada de lo que un partido político acata y profesa como indiscutible prevalece como tal ante los demás, que lo desechan como absolutamente falso con la misma fuerza de convicción con que aquél lo abraza por verdadero.
  • Esta Constitución está en las últimas, puede darse ya por muerta; unos cuantos años más y habrá dejado de existir.
  • El pseudo constitucionalismo consiste en que el Gobierno proclame lo que no es; consiste en hacer pasar por constitucional a un Estado que es un Estado absoluto; consiste en el engaño y la mentira.
  • No es mi enemigo quien mayor castigo merece, sino quien, llamándose mi representante, y teniendo por misión defender mis derechos, los vende y los traiciona.
  • Dos negaciones forman una afirmación, pero dos mentiras no forman nunca, por mucho que se esfuercen una verdad.

Fuentes