Garrote vil

Garrote vil
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Método de ejecución

El garrote vil o garrote es una máquina utilizada para aplicar la Pena capital o pena de muerte, originaria de España. Estuvo vigente en este país legalmente desde 1820 hasta la abolición de dicha condena en la Constitución de 1978. También se utilizó en diversos países de Iberoamérica, y durante la Conquista de América.

Mecanismo de actuación

El garrote de forma evolucionada, consistía en un collar de hierro que, por medio de un tornillo, con una bola al final retrocedía produciendo la muerte al reo por la dislocación de la Apófisis de la Vértebra axis sobre el atlas en la columna cervical, es decir, se le rompe el cuello a la víctima, que muere de esta manera rápidamente.

Si la lesión producida aplasta el bulbo o rompe la cervical con corte medular, se produce un coma cerebral y la muerte es instantánea. Pero esto depende en gran medida de la fuerza física del verdugo y la resistencia del cuello del condenado, y la experiencia demostró que raramente sucedía así; la muerte solía sobrevenir por estrangulamiento, resultante de una serie de lesiones laríngeas e hioideas. Múltiples casos se daban en los que se alargaba la agonía del condenado. A título de ejemplo el informe médico de la ejecución del famoso Jarabo en 1958, observaba que la muerte no se había producido de forma instantánea, sino con "excesiva lentitud", el fallecimiento se produjo a los quince minutos, después de una verdadera tortura. Jarabo tenía un cuello poderoso y su verdugo, Antonio López Sierra era bastante débil físicamente. Se han producido casos aún peores en los que el reo ha muerto después de hasta media hora de espantosa agonía entre aullidos y contorsiones.[1]

Historia

En el caso de este método de ejecución, el adjetivo "vil" deriva del sistema de leyes estamentales en el Medievo. Por una cuestión simbólica la decapitación con espada se consideraba pena reservada a los integrantes de la Nobleza, en cambio, para los Villanos (habitantes de las villas o integrantes de la "Plebe"), se mantenía la ejecución "vulgar" mediante la aplicación de "garrote" o compresión del cuello de la víctima.

Más adelante, el garrote fue perversamente refinado, la variante denominada catalana incluía un punzón de hierro que penetraba por la parte posterior destruyendo las vértebras cervicales del condenado. El garrote, con sus refinamientos, fue instituido porque el ahorcamiento se consideraba excesivamente cruel, ya que el lapso de tiempo hasta la muerte era mucho más largo. En el momento en que se instauró el garrote, principios del siglo XIX, este argumento se mostró válido. Posteriormente los ingleses perfeccionaron la técnica de ahorcamiento mediante caída larga y escotillón que convirtió este procedimiento en el más rápido y limpio.[1]

El uso del garrote se generaliza a lo largo del siglo XVIII, favorecido por la simplicidad de su fabricación, que estaba al alcance de cualquier herrero. Mediante decreto de 24 de abril de 1832, el rey Fernando VII abolió la pena de muerte en Horca y dispuso que, a partir de entonces, se ejecutase a todos los condenados a muerte con el garrote:

" Deseando conciliar el último e inevitable rigor de la justicia con la humanidad y la decencia en la ejecución de la pena capital, y que el suplicio en que los reos expían sus delitos no les irrogue infamia cuando por ellos no la mereciesen, he querido señalar con este beneficio la gran memoria del feliz cumpleaños de la Reina mi muy amada esposa, y vengo a abolir para siempre en todos mis dominios la pena de muerte por horca; mandando que adelante se ejecute en garrote ordinario la que se imponga a personas de estado llano; en garrote vil la que castigue delitos infamantes sin distinción de clase; y que subsista, según las leyes vigentes, el garrote noble para los que correspondan a la de hijosdalgo."

Cada tipo de ejecución llevaba aparejada una escenificación distinta, diferenciándose cada una principalmente por el modo de conducir al condenado hasta el garrote: los condenados a garrote noble iban en caballo ensillado, los de garrote ordinario iban en mula o caballo y los de garrote vil en burro, sentados mirando hacia la grupa, o arrastrados. Es la denominación garrote vil la que ha prevalecido y hoy en día se suele usar este nombre para designar tanto al instrumento como a la pena de muerte que lo utiliza.

La ejecución se anunciaba con unos tambores con el parche flojo, no tirante, que se llamaban "cajas destempladas", de donde ha quedado la expresión.

Abolición

Las últimas ejecuciones por este sistema en España (el anarquista catalán Salvador Puig Antich, en la Cárcel Modelo de Barcelona, y el delincuente común Heinz Ches de origen pretendidamente polaco -en realidad, era alemán y se llamaba Georg Michael Welzel-,[2] en la de Tarragona) tuvieron lugar el 2 de marzo de 1974.[3] Pero aún hubo un condenado más en 1977, aunque fue indultado: José Luis Cerveto, "el asesino de Pedralbes", condenado a muerte a garrote por un doble asesinato.

En Filipinas la pena de muerte por garrote no fue abolida después de dejar de ser colonia española y pasar a ser estadounidense en 1898. En Puerto Rico, al menos cuatro ejecuciones se llevaron a cabo usando este método antes de convertirse en Estado Libre Asociado estadounidense en 1952, aunque la pena de muerte fue abolida en 1929 en Puerto Rico y la última ejecución fue en 1926.

Durante la transición democrática española, será finalmente abolida la Pena de muerte.

  • 1978: Publicación del "Proyecto de Ley sobre la abolición de la pena de muerte en el Código Penal Común".[4] Éste es el antecedente del artículo 15 del Capítulo Segundo, Sección 1ª, de la Constitución Española, que establece la abolición de la pena de muerte "salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra".
  • 1983: La Reforma del 25 de junio supone la desaparición del Código Penal de la Pena de muerte para todos los delitos.

Aunque es de destacar que la Constitución Española aún mantiene la formulación "salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra", si bien esta posibilidad no se recoge en el Código de Justicia Militar, al ser la Constitución la norma jurídica suprema, la legislación Española aún podría formular o modificar las leyes en tal sentido (en tiempos de guerra podría aplicarse la pena de muerte si se legislase al efecto).

Véase también

Referencias

Fuente