Indulgencia

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Concepto:La doctrina de las indulgencias es un concepto de la teología católica estrechamente ligado a los conceptos de pecado, penitencia, remisión y purgatorio.

Indulgencia. El Código de Derecho Canónico define la indulgencia en los siguientes términos: La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones, consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los Santos. (Código de Derecho Canónico de 1983, Libro IV, Parte I, Título IV, Capítulo IV, cánon 992)

Detalles de Indulgencias

En su formulación actual consiste en que ciertas consecuencias del pecado, como la pena temporal del mismo, pueden ser objeto de una remisión o "indulgencia" (del latín "indulgentia": bondad, benevolencia, gracia, remisión, favor) concedida por determinados representantes de la Iglesia y bajo ciertas condiciones. La doctrina protestante no la acepta por considerar que carece de fundamento bíblico. Por tal razón, a partir de la reforma, solo fue objeto de desarrollo en el ámbito de la Iglesia católica. Esta institución se remonta al cristianismo antiguo y tanto su práctica como su formulación han evolucionado a lo largo del tiempo.

La indulgencia no pertenece a la categoría de "sacramento", como es el caso de la penitencia. En la doctrina católica, la indulgencia, a diferencia del sacramento de la penitencia o reconciliación, no perdona el pecado en sí mismo, sino que exime de las penas de carácter temporal que de otro modo los fieles deberían purgar, sea durante su vida terrenal, sea luego de la muerte en el purgatorio. Puede ser concedida por el Papa, los obispos y cardenales, a quienes, por ejemplo, recen determinada oración, visiten determinado santuario, utilicen ciertos objetos de culto, realicen ciertos peregrinajes, o cumplan con otros rituales.

Bien que tratándose de un concepto teológico relativamente secundario, las indulgencias jugaron en su momento un rol central en la historia del cristianismo. En efecto, en el siglo XVI, los abusos y el tráfico al que dieron lugar fueron el motivo principal que llevaron a Martín Lutero a enfrentarse con la Iglesia Católica constituyendo así el detonante de la reforma protestante.

Reforma de Indulgencia

Es esta la querella que está al origen del cisma catolicismo-protestantismo.

Reforma de indulgencia de Martín Lutero
La prédica de indulgencias fue denunciada ya por John Wickliffe (1320-1384) y también por Jan Hus (1369-1415) que cuestionaron los abusos que su práctica originaba.

Pero recién en el primer cuarto del siglo XVI, tienen lugar los hechos de mayor significación histórica: el primero es la indulgencia acordada en 1506 para quienquiera ayudase a la construcción de la basílica de San Pedro y, por sobre todo, el verdadero detonante: el escándalo que surge en el Sacro Imperio Romano Germánico a raíz de la campaña organizada por Alberto de Brandeburgo (arzobispo de Maguncia) y llevada a cabo por el predicador de indulgencias Johann Tetzel. En razón de los mismos, Martín Lutero atacó el principio mismo de la práctica en "Las 95 tesis" de Wittenberg. Según Lutero, sólo Dios puede justificar a los pecadores. Combate tanto las indulgencias por las almas en el purgatorio (Tesis 8-29) al igual que aquellas en favor de los vivos (tesis 30-68). En el primer caso, los muertos, sostiene, estando muertos, no se encuentran más ligados por los decretos canónicos. Como resultado, es la idea misma del purgatorio que resulta cuestionada. Lutero acusa así a la Iglesia de instrumentalizar el miedo al infierno. En lo que respecta a los vivos, Lutero sostiene que el arrepentimiento basta para lograr la remisión de penas, sin necesidad de cartas de indulgencia. Por el contrario, sostiene, la práctica de las indulgencias desvía a los pecadores de su verdaderos deberes: caridad y penitencia.

Reaccion a la Reforma de Indulgencia

Luego de la Reforma Protestante, la Iglesia puso un freno a los abusos. León X recuerda, con motivo de la condenación de Martín Lutero, la distinción entre la remisión de la pena temporal y el perdón de los pecados propiamente dichos. En el Concilio de Trento por otra parte se puso fin a la venta de indulgencias.

Situación Actual

Las indulgencias subsisten tanto en la doctrina católica como en la práctica. Totalmente desconectadas del contexto que las vio nacer, las mismas conservan ciertamente un interés teológico e histórico. Pero en el terreno temporal, su rol fuera del ámbito eclesiástico carece de la significación de otras épocas. La práctica de las indulgencias fue encuadrada por la Congregación de las Indulgencias, creada por Clemente VIII (1592-1605) e integrada a la Curia Romana por Clemente IX en 1669. Sus competencias fueron transferidas en 1908 al Santo Oficio y en 1917 a la Penitenciaria apostólica. El Código de Derecho Canónico de 1983 las regula detalladamente en su Libro IV, Parte I, Título IV, Capítulo IV, cánones 992 al 997.

Fuentes