Sacramento del orden

Sacramento del orden
Información sobre la plantilla
Sacramento del orden.jpg
Concepto:Es el Sacramento que reciben aquellos que se sienten llamados por Dios a ser sacerdotes para dedicarse a la salvación eterna de sus hermanos los hombres.

El Orden Sacerdotal es un sacramento que, por la imposición de las manos del Obispo, y sus palabras, hace sacerdotes a los hombres bautizados, y les da poder para perdonar los pecados y convertir el pan y el vino en el Cuerpo y en la Sangre de Nuestro Señor Jesucristo. El sacramento del orden lo reciben aquellos que se sienten llamados por Dios a ser sacerdotes para dedicarse a la salvación eterna de sus hermanos los hombres. Esta ocupación es la más grande de la Tierra, pues los frutos de sus trabajos no acaban en este mundo, sino que son eternos.

Sacerdocio de la Antigua Alianza

El pueblo elegido fue constituido por Dios como "un reino de sacerdotes y una nación consagrada" (Ex 19,6; cf Is 61,6). Pero dentro del pueblo de Israel, Dios escogió una de las doce tribus, la de Leví, para el servicio litúrgico (cf. Nm 1,48-53); Dios mismo es la parte de su herencia (cf. Jos 13,33). Un rito propio consagró los orígenes del sacerdocio de la Antigua Alianza (cf Ex 29,1-30; Lv 8). En ella los sacerdotes fueron establecidos "para intervenir en favor de los hombres en lo que se refiere a Dios para ofrecer dones y sacrificios por los pecados" (Hb 5,1).

Instituido para anunciar la palabra de Dios (cf Ml 2,7-9) y para restablecer la comunión con Dios mediante los sacrificios y la oración, este sacerdocio de la Antigua Alianza, sin embargo, era incapaz de realizar la salvación, por lo cual tenía necesidad de repetir sin cesar los sacrificios, y no podía alcanzar una santificación definitiva (cf. Hb 5,3; 7,27; 10,1-4), que sólo podría ser lograda por el sacrificio de Cristo.


No obstante, la liturgia de la Iglesia ve en el sacerdocio de Aarón y en el servicio de los levitas, así como en la institución de los setenta "ancianos" (cf Nm 11,24-25), prefiguraciones del ministerio ordenado de la Nueva Alianza. Por ello, en el rito latino la Iglesia se dirige a Dios en la oración consecratoria de la ordenación de los obispos de la siguiente manera:

«Dios y Padre de nuestro Señor Jesucristo [...], Tú que estableciste normas en tu Iglesia con tu palabra bienhechora. Desde el principio tú predestinaste un linaje justo de Abraham; nombraste príncipes y sacerdotes y no dejase sin ministro tus santuario» (Pontifical Romano: Ordenación de Obispos, presbíteros y diáconos. Ordenación de Obispo. Oración de la Ordenación, 47).

En la ordenación de presbíteros, la Iglesia ora: «Dios, todopoderoso y eterno [...] ya en la primera Alianza aumentaron los oficios, instituidos como signos sagrados. Cuando pusiste a Moisés y a Aarón al frente de tu pueblo, para gobernarlo y santificarlo, les elegiste colaboradores, subordinados en orden y dignidad, que les acompañaran y secundaran. Así en el desierto multiplicaste el espíritu de Moisés, comunicándolo a los setenta varones prudentes con los cuales gobernó fácilmente a tu pueblo [...] Así también hiciste partícipes a los hijos de Aarón de la abundante plenitud otorgada a su padre...» (Pontifical Romano: Ordenación de Obispos, presbíteros y diáconos. Ordenación de Presbíteros. Oración de la Ordenación, 159).

Tres grados del sacramento del Orden

"El ministerio eclesiástico, instituido por Dios, está ejercido en diversos órdenes por aquellos que ya desde antiguo reciben los nombres de obispos, presbíteros y diáconos" (LG 28). La doctrina católica, expresada en la liturgia, el magisterio y la práctica constante de la Iglesia, reconoce que existen dos grados de participación ministerial en el sacerdocio de Cristo: el episcopado y el presbiterado.

El diaconado está destinado a ayudarles y a servirles. Por eso, el término sacerdos designa, en el uso actual, a los obispos y a los presbíteros, pero no a los diáconos. Sin embargo, la doctrina católica enseña que los grados de participación sacerdotal (episcopado y presbiterado) y el grado de servicio (diaconado) son los tres conferidos por un acto sacramental llamado "ordenación", es decir, por el sacramento del Orden: «Que todos reverencien a los diáconos como a Jesucristo, como también al obispo, que es imagen del Padre, y a los presbíteros como al senado de Dios y como a la asamblea de los apóstoles: sin ellos no se puede hablar de Iglesia (San Ignacio de Antioquía, Epistula ad Trallianos 3,1)

Efectos

Con este sacramento se reciben varios efectos de orden sobrenatural que le ayudan al cumplimiento de su misión.

El carácter indeleble, que se recibe en este sacramento, es diferente al del Bautismo y el de la Confirmación, pues constituye al sujeto como sacerdote para siempre. Lo lleva a su plenitud sacerdotal, perfecciona el poder sacerdotal y lo capacita para poder ejercer con facilidad el poder sacerdotal.

Todo esto es posible porque el carácter configura a quien lo recibe con Cristo. Lo que hace que el sacerdote se convierta en ministro autorizado de la palabra de Dios, y de ese modo ejercer la misión de enseñar. Así mismo, se convierte en ministro de los sacramentos, en especial de la Eucaristía, donde este ministerio encuentra su plenitud, su centro y su eficacia, y de este modo ejerce el poder de santificar. Además, se convierte en ministro del pueblo, ejerciendo el poder de gobernar.

Otro efecto de este sacramento es la potestad espiritual. En virtud del sacramento, se entra a formar parte de la jerarquía de la Iglesia, la cual podemos ver en dos planos. Una, la jerarquía del Orden, formada por los obispos, sacerdotes y díaconos, que tiene como fin ofrecer el Santo Sacrificio y la administración de los sacramentos. Otra es la jerarquía de jurisdicción, formada por el Papa y los obispos unidos a él. En este caso, los sacerdotes y los diáconos entran a formar parte de ella, mediante la colaboración que prestan al Obispo del lugar.

Por ser sacramento de vivos, aumenta la gracia santificante y concede la gracia sacramental propia, que en este sacramento es una ayuda sobrenatural necesaria para poder ejercer las funciones correspondientes al grado recibido.

Ministro y Sujeto

Cristo eligió a doce apóstoles, entre sus numerosos discípulos, haciéndoles partícipes de su misión y de su autoridad. Desde entonces hasta hoy es Cristo quien otorga a unos el ser Apóstoles y a otros ser pastores.

Por lo tanto, el ministro del Sacramento del Orden es el Obispo, descendiente directo de los Apóstoles. Los obispos válidamente ordenados, es decir que están en la línea de la sucesión apostólica, confieren válidamente los tres grados del sacramento del orden. Así consta en los Concilios de Florencia y de Trento.

“Dado que el sacramento del Orden es el sacramento del ministerio apostólico, corresponde a los obispos, en cuanto sucesores de los Apóstoles, transmitir el don espiritual; la semilla apostólica”. (Catec. n. 1576).

Para que se administre válidamente, solamente se necesita que el obispo tenga la intención de hacerlo y que cumpla con el rito externo de la ordenación. No importa la condición en que se encuentre el obispo.

En cuanto a la licitud de la ordenación, para ordenar a un obispo se requiere ser obispo y poseer una constancia del mandato del Su Santidad, el Papa. En la ordenación de obispos, además del ministro, se necesita que estén presente otros dos obispos.

Para ordenar lícitamente a los presbíteros y los diáconos, el ministro es el propio Obispo o en su defecto, cualquier otro Obispo autorizado por el Ordinario del lugar. Además debe de corroborar que el candidato sea idóneo, de acuerdo a las normas del derecho. Cuando la ordenación es realizada por un Obispo que no es el propio, debe de cerciorarse mediante Cartas Testimoniales. Además el ministro debe de estar en estado de gracia.

Para poder recibir válidamente este sacramento, el sujeto es “todo varón bautizado”. (Cfr. CIC c. 1024). El sujeto debe de tener la intención de recibirlo y haberla manifestado. Se le llama intención habitual a la que tenía antes y de la cual no se retractó. En la práctica será intención actual, en el momento de recibirlo, pues está dispuesto a recibirlo y a cambiar de estado de vida, adquiriendo nuevas obligaciones. Debe recibirlo en total libertad, pues sino la intención no existe y la ordenación es nula y las obligaciones dejan de existir.

En la actualidad, existe una corriente muy fuerte que propugna por la ordenación al sacerdocio de las mujeres. La Iglesia siempre ha enseñado que Jesucristo escogió a hombres para continuar su misión redentora. Todos los Apóstoles eran varones. La Iglesia no tiene ningún poder para cambiar la esencia de los sacramentos que Cristo estableció. En 1994, el Papa, Juan Pablo II, en su Carta Apostólica sobre la Ordenación Sacerdotal reservada sólo a los hombres nos dice: “Con el fin de alejar toda duda sobre una cuestión de gran importancia, que atañe a la misma constitución divina de la Iglesia, en virtud de mi ministerio de confirmar en la fe a mis hermanos (cfr. Lucas 22, 32), declaró que la Iglesia no tiene modo alguno la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres, y que este dictamen debe ser considerado como definitivo por todos los fieles de la Iglesia”. Con esto queda definitivamente aclarada la cuestión.

Por otro lado, sí el sacerdote tiene que representar a Cristo, tiene que tener una cierta semejanza natural con Él para poder celebrar la Santa Misa y la Eucaristía. Cristo es hombre.

Quienes por este motivo dicen que la Iglesia rebaja la dignidad de la mujer, están equivocados, el ejemplo lo tenemos en la Santísima Virgen María. Para la Iglesia el hombre y la mujer tienen la misma dignidad.

Obligaciones

El celibato sacerdotal, fundamentado en el misterio de Cristo, es obligatorio para los sacerdotes de la Iglesia latina. (Cfr. CIC c. 227; Catec. N. 1579).

Este tema ha sido y es muy discutido. El Concilio Vaticano II, Paulo VI, el II Sínodo de Obispos en 1971 han tratado este tema en documentos, encíclica y lo han ratificado. Juan Pablo II en 1979 reafirmó la postura del magisterio de la Iglesia.

Todo esto nos demuestra, que a pesar de los ataques, la Iglesia posee una decidida voluntad por mantener la praxis antiquísima, pues aunque el celibato no es una exigencia de la naturaleza misma del sacerdocio, es muy conveniente.

De la Encíclica de Paulo VI, Sacerdotalis celibatus, podemos tomar algunas razones que demuestran su conveniencia. Hay razones cristológicas y razones eclesiásticas.

Fuentes