Espacio Schengen
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El Espacio Schengen es el territorio sin fronteras internas, de libre circulación y de seguridad común en el que se basa la construcción de la Unión Europea. Hoy se puede viajar desde Portugal a Suecia o desde Holanda hasta Eslovaquia sin pasar controles fronterizos. El Espacio Schengen permite la libre circulación de personas por 26 países y refuerza las fronteras exteriores de Europa. Es uno de los mayores logros de la construcción europea.
Sumario
Datos generales
El acuerdo Schengen lo firmaron el 14 de junio de 1985 Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Francia y Alemania. Entró en vigor diez años después. Hoy es un territorio formado por 26 países, con 7.721 km de fronteras terrestres y 42.673 km de fronteras marítimas, por el que pueden circular libremente los ciudadanos de los países firmantes del acuerdo, 22 de la UE y otros cuatro no miembros. Las autoridades de cada país pueden exigir la identificación de los viajeros mediante pasaporte o documento de identidad. Los objetivos del acuerdo son:
- Suprimir los puestos fronterizos entre los países miembros
- Crear una política común de visados
- Reforzar las fronteras exteriores
- Potenciar la cooperación policial y judicial
- Establecer una base de datos común, el Sistema de Información Schengen (SIS)
- Incrementar el intercambio de información entre las agencias europeas Frontex, Europol y Eurojust.
Países de Espacio Schengen
Los países que lo conforman se dividen en:
- Estados miembros de la UE: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Francia, Finlandia, Grecia, Holanda, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia.
- Estados no miembros de la UE: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
- Aplican parcialmente el acuerdo: Bulgaria, Rumania y Chipre.
- Cooperan en aspectos parciales del acuerdo sin supresión de fronteras: Reino Unido e Irlanda.
Participación de Irlanda y el Reino Unido
De acuerdo con el protocolo adjunto al Tratado de Ámsterdam, Irlanda y el Reino Unido pueden participar en la totalidad o en parte de las disposiciones del acervo de Schengen después de una votación unánime en el Consejo de los Estados parte en los acuerdos y del representante del Gobierno del Estado de que se trate.
En marzo de 1999, el Reino Unido pidió cooperar en algunos aspectos de Schengen: cooperación policial y judicial en materia penal, lucha contra los estupefacientes y SIS. El 29 de mayo de 2000 se adoptó la Decisión del Consejo 2000/365/CE en virtud de la cual se accedía a la petición del Reino Unido. En junio de 2000, Irlanda pidió también participar en algunas disposiciones del acervo de Schengen similares, salvo una excepción, a las solicitadas por el Reino Unido. El Consejo accedió a esta petición mediante su Decisión 2002/192/CE de 28 de febrero de 2002. La Comisión había emitido dictámenes sobre ambas solicitudes destacando que la participación parcial de estos dos Estados en el acervo de Schengen no debe obstaculizar la coherencia del conjunto de las disposiciones que constituyen el acervo.
Después de evaluar las condiciones previas para la aplicación de las disposiciones de la cooperación policial y judicial, el 22 de diciembre de 2004 el Consejo decidió aplicar estas partes del acervo de Schengen por parte del Reino Unido con su Decisión 2004/926/CE.
Beneficios
Los ciudadanos de los países firmantes del acuerdo, que pueden viajar por todo el Espacio Schengen sin pasar por controles fronterizos. En los aeropuertos de los países Schengen, suele haber distintos controles de pasaporte para los pasajeros de esos Estados y para los que no lo son.
Los ciudadanos extracomunitarios, que pueden obtener un visado Schengen en la embajada o consulado del país al que van a viajar y después moverse libremente por todo el Espacio Schengen.