Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires

Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires
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Institución con sede en Argentina Bandera de Argentina
Casa de las Academias Nacionales (Buenos Aires).jpg
Las Academias Nacionales son entidades integradas por especialistas representativos de las ciencias, las letras y las artes, que tienen como fin intensificar el estudio, la investigación y el ejercicio de estas disciplinas, promoviendo su progreso, estimulando las vocaciones intelectuales y difundiendo sus trabajos.
Fundación:el 7 de octubre de 1908 Argentina
País:Argentina Bandera de Argentina
Sede:Argentina Bandera de Argentina
Dirección:Pizzurno 935, oficina 119, C1020ACA, Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina
Sitio web
http://www.acaedu.edu.ar

La Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires se fundó en Buenos Aires, Argentina, el 7 de octubre de 1908. Según sus estatutos, sus objetivos son: estudiar las cuestiones relacionadas con el derecho y las ciencias sociales, que se promuevan en su seno o se le consulten; fomentar y difundir el estudio de las ciencias jurídicas y sociales y propender al progreso del país mediante el perfeccionamiento de su régimen legal.

HISTORIA DE LA ACADEMIA

La Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires En 2005, el plenario de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires encomendó al académico doctor Víctor Tau Anzoátegui la elaboración de un dictamen acerca de la fecha de fundación de la Academia. A la luz de la documentación que acompaña ese dictamen, es necesario distinguir los antecedentes que hacen al origen de la Academia de la cuestión que concierne al reconocimiento de la fecha de su creación en el plano orgánico institucional.

El decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires de fecha 26 de marzo de 1874, si bien no prescribió la constitución de una Academia, hizo referencia, en los artículos 7 y siguientes, a los miembros académicos como integrantes de los órganos de gobierno de cada Facultad. Con posterioridad, al aprobarse la reforma de los Estatutos de la Universidad, el Poder Ejecutivo dictó el decreto de fecha 29 de agosto de 1906 -por el que modificó lo inherente a los órganos de gobierno de cada Facultad- reemplazando los “Miembros Académicos” por un Consejo Directivo, al tiempo que reglamentó el funcionamiento y funciones “De las Academias de la Universidad”, según reza el título que preside el Capítulo XI de los mencionados Estatutos.

De esa manera, quedó conformado el marco regulatorio de las Academias como instituto con objeto específico, diferente al órgano encargado del gobierno de la enseñanza que se impartía en las respectivas facultades; y, en ese marco normativo, se constituyó la Academia el día 7 de octubre de 1908, asignándole, entre otras, las siguientes funciones: 1) Estudiar y dilucidar cuestiones de carácter científico concernientes a las diversas ramas del saber y enseñanza universitarios. 2) Evacuar las consultas de orden científico que les hicieren el Consejo Superior o los Consejos Directivos. 3) Informar a los Consejos Directivos sobre planes de estudios, etc., designándose como Presidente Provisorio al doctor Wenceslao Escalante, que además de académico era en ese momento Decano de la Facultad. Posteriormente, el día 15 de julio de 1910, se procedió a elegir como Presidente Titular de la Corporación al doctor Manuel Obarrio también antiguo académico de la Facultad de Derecho conforme al anterior ordenamiento.

Los nuevos estatutos de la Universidad, de 1923, eliminaron el capítulo referente a las academias. Al mismo tiempo, el Rector de la Universidad sugirió al Poder Ejecutivo que aquéllas fuesen declaradas autónomas. En su consecuencia, el presidente Marcelo T. de Alvear dictó el decreto del 13 de febrero de 1925 prescribiendo que “las academias que antes de 1923, estaban previstas y reglamentadas en el cap. XI de los Estatutos de la Universidad de Buenos Aires, se organizarán y constituirán como instituciones autónomas, pudiendo adquirir personería jurídica conforme a los principios generales del derecho civil” y que “las academias de actual existencia continuarán interrumpidamente su vida, con derecho y obligaciones anteriores, siempre que se adapten al presente decreto”.

Finalmente, el decreto de fecha 25 de octubre de 1940, dictado por el doctor Ramón S. Castillo, en su carácter de vicepresidente en ejercicio del Poder Ejecutivo Nacional, al concederle personalidad jurídica la Academia y aprobar los estatutos de la “Academia de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires”, declaró que ella había sido constituida en esta capital el 7 de octubre de 1908.

En mérito a todo lo expuesto precedentemente, la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, de acuerdo con la Resolución 3/06 dictada el 13 de julio de 2006, reconoce como fecha de su creación el día 7 de octubre de 1908.


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