Academia Peruana de Derecho

Academia Peruana de Derecho
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Institución con sede en Perú Bandera de Perú
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Fundación:8 de mayo de 1967
País:Perú Bandera de Perú
Sede:Perú, Bandera de Perú

La Academia Peruana de Derecho es una entidad no profesional sin fines de lucro, apolítica y sin propósitos confesionales, constituida el día 8 de mayo de 1967 a iniciativa del Colegio de Abogados de Lima, cuando ejercía el decanato el doctor Mario Alzamora Valdez. Fue reconocida como institución jurídica al servicio del país mediante la Resolución Suprema N° 209 de 30 de junio de 1967, rubricada por el Presidente de la República arquitecto Fernando Belaunde Terry y refrendada por el Ministro de Justicia y Culto doctor Javier de Belaunde Ruiz de Somocurcio.

Historia

La Academia Peruana de Jurisprudencia y Legislación tuvo una breve pero fructífera existencia entre los años 1889 y 1906. La Academia Peruana de Derecho es sucesora de la referida Academia y fue constituida el 8 de mayo de 1967, precisamente a iniciativa del ilustre Colegio de Abogados de Lima, cuyo decano era el doctor Mario Alzamora Valdez, recordado profesor y especialista en derecho procesal. El reconocimiento de la Academia Peruana de Derecho se produjo a través de la Resolución Suprema N° 209, del 30 de junio de 1967, siendo Ministro de Justicia el doctor Javier de Belaunde Ruiz de Somocurcio, insigne político y constitucionalista, en el primer gobierno del arquitecto Fernando de Belaunde Terry. Tras un breve periodo de receso, la Academia fue reinstalada el 18 de agosto de 1990, fecha desde la cual tiene ininterrumpida labor en pro del afianzamiento del Estado de Derecho en el Perú. A partir del año 2020 la Academia Peruana de Derecho empezó a difundir sus actividades al público en general, a través de las redes sociales; ello, a efectos de tener un contacto más cercano con el medio jurídico en su conjunto.

Fechas importantes

  • De 1889 a 1906 – Academia Peruana de Jurisprudencia y Legislación.
  • El 18 de agosto de 1990 se reinstala la Academia Peruana de Derecho.
  • El 8 de mayo de 1967 se constituye la Academia Peruana de Derecho. Fue fundada bajo el auspicio del Colegio de Abogados de Lima
  • Primera conferencia. Se inician las actividades dirigidas a la comunidad jurídica en general.

Fines

La Academia Peruana de Derecho tiene por finalidades fundamentales:

  • Contribuir a la preservación del Estado de Derecho, al progreso de la legislación y al mejoramiento de la jurisprudencia, así como emitir opinión sobre los proyectos de normas legales que tengan significación nacional y el auspicio, patrocinio u organización de eventos de carácter académico para el logro de sus fines.
  • Promover la investigación y el estudio de las diversas disciplinas jurídicas y la historia del Derecho peruano.
  • Difundir la doctrina y el pensamiento de los juristas nacionales, así como auspiciar sus publicaciones.
  • Coayudar a la eficiencia de los órganos jurisdiccionales.
  • Las demás que acuerde el Pleno de Académicos a propuesta del Consejo Directivo.
  • Para la adecuada consecución de sus fines, la Academia Peruana de Derecho podrá realizar las actividades y celebrar los actos, contratos y operaciones que permitan las leyes.

Valores

La Academia Peruana de Derecho se nutre de los valores propios de la democracia representativa y, por ello, sus objetivos y actividades tienen como propósito el afianzamiento del Estado de Derecho en el Perú y el progreso de la comunidad jurídica nacional en su interrelación con las diversas academias de derecho, legislación y jurisprudencia, de los diversos países del mundo y en especial los de Iberoamérica.

Actividades

  • Conferencias sobre Derecho Constitucional.
  • Conferencias sobre El proceso Electoral
  • Conferencias sobre Marco Constitucional y Legal de los Partidos Políticos
  • Conferencias sobre Las funciones del Poder Judicial, Ministerio Público y Procuradurías
  • Conferencias sobre La Defensoría del Pueblo

Fuente