Asociación de Palinólogos de Lengua Española

Asociación de Palinólogos de Lengua Española
Información sobre la plantilla
Institución con sede en Bandera de España España
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Siglas o Acrónimo:APLE
Fundación:1978
País:Bandera de España España
Sede:Madrid
Sitio web
Portal Web de APLE

Asociación de Palinólogos de Lengua Española (APLE). Es una sociedad científica con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, sin ánimo de lucro, que promueve la Palinología y el fomento de la investigación científica en este campo y su divulgación, tanto a estudiantes y profesionales, como a los sectores sociales relacionados y ciudadanos en general.

Sede

La Asociación establece su domicilio social en el Centro de Investigaciones Biológicas Margarita Salas (CIB) del CSIC, calle Ramiro de Maeztu 9, 28040, Madrid, España.

Reseña

La Asociación de Palinólogos de Lengua Española (APLE) se constituyó en 1978. La APLE tiene como fines principales el conocimiento y la promoción de la Palinología, disciplina que estudia polen, esporas y palinomorfos actuales y fósiles, así como el fomento de la investigación científica en este campo y su divulgación, tanto a estudiantes y profesionales de la palinología, como a los sectores sociales relacionados y ciudadanos en general.

La APLE agrupa diferentes áreas de la Palinología, entre otras las que estudian:

  • El polen y esporas actuales (Actuopalinología), su morfología y estructura, con aplicación en estudios botánicos y taxonomía de plantas.
  • La Biología del Polen, su desarrollo, fisiología, estructura y función, desde el punto de vista celular, molecular o bioquímico, con aplicación en biotecnología, biología reproductiva de especies vegetales y agricultura.
  • El polen contenido en mieles y productos apícolas (Melisopalinología), con aplicación en certificación de mieles y determinación de sus características.
  • El polen y esporas aéreos (Aeropalinología), con aplicación en predicción de cosechas, análisis alergénicos y de contaminantes atmosféricos.
  • Los pólenes y palinomorfos fósiles (Paleopalinología), presentes en sedimentos geológicos, con utilidad en estudios arqueológicos, climatología, o estratigrafía, entre otras aplicaciones.

Fines

Los fines de la Asociación son el conocimiento y la promoción de la Palinología, especialmente en lo que se refiere a su aplicación biológica, botánica, geológica y médica, así como el fomento del espíritu de investigación científica entre sus miembros, de manera que la información y conocimiento palinológicos puedan ser conocidos y divulgados de la mayor manera posible, tanto entre personas relacionadas con dicha ciencia, como entre los ciudadanos en general.

Actividades

Para el cumplimiento de los fines indicados, la Asociación realiza las siguientes actividades:

  • Establecer un Servicio de Documentación que conozca los proyectos en curso por sus miembros, sobre investigación palinológica.
  • Promover la creación e intercambio de material de estudio entre sus miembros y con terceros.
  • Establecer relaciones de colaboración con toda clase de personas o entidades, tanto privadas como públicas u oficiales.
  • Crear Grupos de Trabajo que atiendan específicamente cada una de las especialidades que se cultivan dentro del campo de la Palinología.
  • Desarrollar cualquier otra actividad relacionada, directa o indirectamente, con los fines de la Asociación.

Junta directiva

La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva que se compondrá de, al menos, seis miembros.

La Junta Directiva estará formada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales. Los cargos que componen la Junta Directiva no tendrán retribuciones económicas. Éstos serán designados y revocados por la Asamblea General y su mandato tendrá una duración máxima cuatro años. Todos los cargos podrán ser reelegidos como máximo por otro período consecutivo de cuatro años.

Si la Asamblea General lo considerase conveniente podrá ampliarse el número de Vocales en la cuantía que la misma acuerde.

Éstos podrán causar baja por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva, por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas y por expiración del mandato.

Para formar parte de la Junta Directiva se requiere la cualidad de Miembro Ordinario de la Asociación.

Las personas que vayan a formar parte de la Junta Directiva serán elegidas por votación entre los asociados, con especificación del cargo.

La Junta Directiva se renovará cada cuatro años, siendo recomendable asegurar la continuidad de, al menos, dos de sus miembros. Formará parte, como miembro nato de la Junta Directiva, el socio organizador de congresos, que actuará como vocal durante el periodo que conlleve la organización y desarrollo del mismo.

La Junta Directiva circulará a los socios la convocatoria de elecciones con dos meses de anticipación, abriéndose un plazo de un mes para la presentación de candidaturas, que podrán realizarse a título individual o avaladas por grupos temáticos especializados, y podrán contener una exposición de motivaciones. En el caso de no presentarse candidaturas en plazo, la Junta Directiva realizará gestiones oportunas para proveer candidatos en el plazo más breve posible. La Junta Directiva circulará a los socios la papeleta de votación, que consistirá en una lista abierta de todos los candidatos, junto con las exposiciones de motivación recibidas. La votación podrá efectuarse por correo, garantizándose el secreto del voto. El escrutinio, en todo caso, será público.

Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan.

La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente y a iniciativa o petición de cualquiera de sus miembros. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad.

Las convocatorias se cursarán por escrito con la firma del Secretario con diez días de anticipación, al menos, a la fecha en que haya de celebrarse.

Fuentes