Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid

Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid
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Institución con sede en Bandera de España España
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Siglas o Acrónimo:COLVEMA
Fundación:1905
País:Bandera de España España
Sede:Madrid
Sitio web
Portal Web de COLVEMA

Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid (COLVEMA). Es una institución de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines que impulsa la participación y promoción de los veterinarios en la sociedad, promueve el empleo y fomenta la participación en proyectos y líneas de cooperación, manteniendo al mismo tiempo la política de colaboración con otras instituciones.

Sede

COLVEMA tiene su sede en calle Maestro Ripio, número 8 de la ciudad de Madrid, con código postal 28006, España.

Reseña

El Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid se fundó en 1905. Desde entonces ha evolucionado desde la mera defensa de intereses profesionales a órgano de defensa de la sociedad actuando como garante de una prestación profesional competente, eficaz y responsable. Desde unos inicios, llenos de desunión y de dificultades, se ha ido avanzando en la vía de un creciente prestigio profesional y su reconocimiento en la sociedad.

Ha sido siempre intención del Colegio no solo cumplir con los preceptos estatutarios, sino aprovechar sus competencias como instrumento para alcanzar sus propios fines, tanto desde el punto de vista económico, como del más primordial de impulsar la participación y promoción de los veterinarios en la sociedad, promover el empleo y fomentar la participación en proyectos y líneas de cooperación, manteniendo al mismo tiempo la política de colaboración con las instituciones.

De esta forma, el Colegio, como corporación de derecho público, ha venido formalizando en el transcurso del tiempo una serie de convenios y contratos de colaboración científico-técnico con diferentes entidades y órganos de la Administración sobre áreas muy diversas, que han originado, por una parte, un considerable incremento de las actividades desarrolladas en el Colegio, y por otra, la prestación de servicios a la profesión, los profesionales y la sociedad.

El Colegio de Veterinarios de Madrid fue el primer Colegio de Veterinarios en obtener la certificación de AENOR que acredita que dispone de un sistema de gestión de calidad en los servicios de Comisión Deontológica, Registro de Identificación de Pequeños Animales (RIAC) y de Équidos e Inspección de Explotaciones Ganaderas tras la inspección llevada a cabo para el cumplimiento de la norma ISO 9001. La implantación de estas normas de calidad de reconocimiento internacional permite dar las mayores garantías en los servicios que el ICOVM presta a veterinarios, organismos oficiales de la Comunidad de Madrid, propietarios de animales y consumidores.

En mayo de 2014 el Gobierno de la Comunidad de Madrid y la Consejería de Sanidad distinguió al Colegio con la Placa de Oro de la Comunidad, la máxima distinción de la región en el ámbito sanitario por la contribución que realizan en fomentar la deontología, la independencia, la responsabilidad y la promoción de la ética y la dignidad profesional en el ejercicio de la Veterinaria. Esta distinción es fruto de la labor que desarrollan todos los colegiados y reconoce el papel esencial de los veterinarios en la sanidad y protección animal, en la prevención de las zoonosis, en la seguridad alimentaria y en la salud pública.

Fines

Son fines esenciales del Colegio, dentro de su ámbito territorial, los siguientes:

  • La ordenación del ejercicio de la profesión en base a los principios de deontología, eficacia, independencia y responsabilidad.
  • La representación exclusiva de la profesión Veterinaria.
  • El cumplimiento de la función social que a la Veterinaria corresponde, velando por la satisfacción de los intereses generales relacionados con el ejercicio de la profesión.
  • Promover la constante mejora de las prestaciones profesionales de los colegiados, a través de la formación continuada y el perfeccionamiento de los mismos.
  • Cooperar en la mejora de los estudios que conducen a la obtención del título de Licenciado en Veterinaria, habilitante para el ejercicio de la profesión.
  • Colaborar con las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias en los términos previstos en las Leyes.
  • La protección de la salud, de la calidad de vida, de los animales y del medio ambiente.

Funciones

Son funciones del Colegio, en su ámbito territorial, las siguientes:

  • Ejercer la representación exclusiva de la profesión Veterinaria en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
  • Ordenar la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y la dignidad profesional y por el debido respeto a la deontología de la profesión y a los derechos de los usuarios.
  • Ejercer la potestad disciplinaria en el orden profesional y colegial en los términos establecidos en las Leyes, en estos Estatutos y en el resto de la normativa aplicable.
  • Adoptar las medidas conducentes a evitar y perseguir el intrusismo profesional y la competencia desleal, así como el ejercicio de la profesión por quienes, colegiados o no, le ejercieren en forma y condiciones contrarias a las Leyes y a estos Estatutos, incluso las personas naturales o jurídicas que propicien el ejercicio irregular.
  • Regular baremos de honorarios, que tendrán carácter meramente orientativo, sin perjuicio de la normativa de aplicación sobre Defensa de la Competencia, Competencia Desleal y Publicidad.
  • Colaborar con las Administraciones Públicas, mediante la realización de estudios, informes, dictámenes, estadísticas y cualquier otra actividad relacionada con la profesión, que le sean solicitados o por iniciativa propia.
  • Participar en los órganos consultivos de la Comunidad de Madrid cuando así lo establezca la normativa aplicable.
  • Participar con las entidades de formación en la elaboración de los planes de estudio; promover y participar en la creación de vías de acceso a la vida profesional de los nuevos titulados y organizar cursos postgrado para la formación y el perfeccionamiento profesional de los nuevos colegiados.
  • Ejercer en exclusiva la representación defensa y de la profesión, dentro de su ámbito territorial, ante la Administración Pública, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares, con legitimación para ser parte en todo tipo de litigios y causas de acuerdo con la normativa aplicable, que afecten a los derechos e intereses profesionales y a los fines de la profesión Veterinaria y ejercitar cuantas acciones legales y judiciales sean procedentes.
  • Ejercitar el derecho de petición conforme a la Ley.
  • Organizar actividades y servicios comunes de carácter profesional, cultural, asistencial, de previsión y análogos, que sean de interés para los colegiados. Así como sistemas de cobertura de responsabilidades civiles contraídas en el ejercicio de la profesión.
  • Procurar la armonía y colaboración entre los colegiados impidiendo la competencia desleal entre ellos conforme a la legislación vigente, velando por que el ejercicio de la profesión se haga en las condiciones de dignidad y prestigio que corresponde a los veterinarios.
  • Intervenir como mediador en los conflictos profesionales que surjan entre colegiados, previa solicitud de los interesados. Ejercer funciones arbitrales en los asuntos que le sean sometidos, conforme a la legislación general de arbitraje.
  • Cumplir y hacer cumplir las Leyes a los colegiados en cuanto afecten a la profesión, así como los Estatutos y demás normas y decisiones emanadas de los Órganos de Gobierno del Colegio en materia de su competencia.
  • Informar los proyectos de las normas de la Comunidad de Madrid que puedan afectar a los veterinarios colegiados o afecten a los fines y funciones a ellos encomendados.
  • Editar y distribuir los impresos de toda la documentación y los certificados oficiales veterinarios, cualquiera que sea su finalidad, que hayan de emplearse en su ámbito territorial, correspondiéndole asimismo la organización de este servicio.
  • Organizar cursos dirigidos a la formación y perfeccionamiento profesional de los colegiados.
  • Desarrollar, a todos los efectos, las funciones que la vigente Ley de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid, atribuye a los Consejos Autonómicos y las demás que puedan atribuirles por la normativa vigente en cada momento, en cuanto no estuviesen incluidas entre las propias del Colegio.
  • Cualquier otra función que redunde en beneficio de los intereses profesionales de los colegiados y se encaminen al cumplimiento de los fines colegiales.

Asociaciones

Las Asociaciones con sede en el Colegio de Veterinarios de Madrid son las siguientes:

  • AVESA (Asociación de Veterinarios Especialistas en Seguridad Alimentaria): Nace como idea en el año 2002, pero no es una Asociación de nueva creación propiamente dicha, pues su nacimiento se gesta en el seno de ADITSIC (Asociación de Directores e Inspectores Técnicos Sanitarios de Mataderos e Industrias Cárnicas, fundada en 1981, que posteriormente se denominara Asociación de Veterinarios Oficiales de Mataderos e Industrias Cárnicas), de la que hereda su historia, conocimientos acumulados y su masa social. Es fruto de la inevitable necesidad de dar respuesta profesional a las demandas de la Sociedad en materia de Seguridad Alimentaría y se constituye como una Asociación DE CARACTER CIENTIFICO-TECNICO, SIN ANIMO DE LUCRO y con el objetivo de ser de UTILIDAD PUBLICA. La transformación de ADITSIC en AVESA obedece a la inquietud de todos sus asociados por adaptarse a los cambios legislativos y a las nuevas formas de gestionar la Sanidad- Seguridad Alimentaría, basada en la premisa "Del campo a la mesa" que postula el Libro Blanco sobre Seguridad Alimentaria.
  • AMVAC (Asociación Madrileña de Veterinarios de Animales de Compañía): La evolución del ejercicio de la profesión veterinaria en el sector de animales de compañía podríamos decir que se inicia durante los últimos 50 años del siglo XX. Hasta los años 50 la medicina veterinaria estaba orientada al estudio de los mamíferos domésticos como base de la alimentación y el trabajo, como es con las especies equina bovina, ovina y caprina; con algunos inicios hacia la avicultura, esto hacía que los programas educativos se orientaran a la patología y producción de estas especies mientras que la especialidad clínica de animales de compañía por esta época era prácticamente inexistente.
  • AMHV (Asociación Madrileña de Historia de la Veterinaria): En 2015 se cumplieron 20 años de la fundación de la Asociación Madrileña de Historia de la Veterinaria que tiene entre sus fines trabajar por la mejora del conocimiento de la historia de la ciencia veterinaria desde una óptica renovada para tratar de ganar la atención de los veterinarios de la Comunidad Autónoma de Madrid hacia la historia de esta bicentenaria profesión.
  • AVEPA (Asociación de Veterinarios Españoles Especialistas en Pequeños Animales): Engloba al 90% de los veterinarios españoles cuya actividad pasa, en alguna medida, por el trabajo en la clínica de animales de compañía (perros, gatos, aves de jaula, y animales exóticos entre otros). Con una historia de 40 años, AVEPA tiene entre sus objetivos de trabajo el incremento del nivel técnico y científico de sus asociados veterinarios, mediante la organización de congresos, conferencias de carácter técnico y otras actividades, como la edición de diversas publicaciones.
  • RACVE (Real Academia de Ciencias Veterinarias de España): La Academia de Ciencias Veterinarias de Madrid (hoy Real Academia), fue creada como iniciativa del Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, por decisión de su Junta de Gobierno, tomada el 14 de mayo de 1975 y presidida por Don Antonino López Suárez e integrada por Sixto Martín García, Manuel Mármol del Puerto, Enrique Ronda Laín, Fco. Jesús Merchán Hernández, Carlos Luis de Cuenca Esteban y José Luis Gardón Gutiérrez (Secretario). Inicialmente se designó una Comisión Gestora de Académicos Fundadores, integrada por los profesores Cristino García Alfonso, Félix Sanz Sánchez y Carlos Luis de Cuenca y González Ocampo.
  • AVTAP (Asociación de Veterinarios Titulares y de Funcionarios Veterinarios de las Administraciones Públicas): Con objeto de defender los derechos, prestigio y unidad del Cuerpo de Veterinarios Titulares y al mismo tiempo estudiar los problemas en misiones sanitarias, bromatológicas e higiene pecuaria, se creó la Asociación Nacional de Veterinarios Titulares, en el año 1955, siendo los primeros Estatutos aprobados por el Ministerio de la Gobernación, con fecha 23 de marzo de 1955, al amparo de lo dispuesto en el artículo 220 del Reglamento de Personal de los Servicios Sanitarios Locales.
  • SECAL (Sociedad Española para las Ciencias del Animal de Laboratorio): La SECAL es una Sociedad científica multidisciplinar fundada en el año 1989 que tiene por objetivos racionalizar y mejorar la utilización del animal de laboratorio al servicio de la salud del hombre y del animal y, fomentar la relación y cooperación entre los profesionales del animal de laboratorio. Dentro de estos objetivos, destaca la protección de los animales empleados, maximizando su bienestar.
  • AMVER (Asociación Madrileña de Veterinarios Especialistas en Rumiantes): Ante los retos surgidos con la constitución de las ADS (Asociaciones de Defensa Ganadera), y la necesidad de tener un punto de encuentro y unión, la Asociación Madrileña de Veterinarios Especialistas en Rumiantes (AMVER), se constituye formalmente en enero de 2001 por parte de los veterinarios de ADS de vacuno, ovino y caprino con actuación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
  • AMVTL (Asociación Madrileña de Veterinarios del Toro de Lidia): Fundada en la Sala de Juntas de la Facultad de Veterinaria, Universidad Complutense de Madrid, el día 24 de Agosto de 1999. Se reúnen unos 20 veterinarios, en su mayoría Profesores de la Facultad y Veterinarios de Espectáculos Taurinos.
  • AVET (Asociación de Veterinarios Especialistas Taurinos): Desde mayo de 2003 tiene su sede social ubicada en el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid. Velar por la pureza e integridad del toro de lidia como bien del espectáculo taurino, en todos sus aspectos. La ordenación, en el ámbito de su competencia, del ejercicio de la profesión veterinaria en los espectáculos taurinos y la defensa de los intereses profesionales de los socios, todo ello sin perjuicio de la competencia de la Administración Pública. La salvaguarda de los principios deontológicos y ético-sociales de los profesionales veterinarios especialistas en espectáculos taurinos y de su dignidad y prestigio, responsabilizándose de la elaboración de los mismos y de su aplicación. La promoción de la constante mejora de los niveles científico-técnicos, natural, económico y social de los asociados.
  • ANAPORC (Asociación de Porcinocultura Científica): La Asociación de Porcinocultura Científica "ANAPORC", es una Asociación de ámbito nacional y sus actividades se desarrollan en todo al territorio nacional. Actualmente consta de 1.063 socios distribuidos por todo el territorio nacional, Portugal y varios países de Sudamérica.
  • UVET (Unión de Veterinarios de Madrid): Después de varios meses de intenso trabajo y complejos trámites administrativos, la Unión de Veterinarios de Madrid (UVET), ya está inscrita en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid. Es la Asociación de Veterinarios Empleados de Madrid cuyo fin es velar por la mejora del ámbito laboral de los trabajadores por cuenta ajena en todos sus aspectos (económicos, formación continuada, conciliación laboral y familiar, etc.), concibiendo esta mejora como un modo de alcanzar la excelencia en la profesión acorde con una adecuada gestión empresarial.
  • AVATMA (Asociación de veterinarios abolicionistas de la tauromaquia y del maltrato animal): La asociación tiene como fines: fomentar y defender los intereses de licenciados y doctores en ciencias veterinarias que tengan una posición abolicionista al respecto de actividades taurinas y de cualquier otra que suponga maltrato animal; promover la investigación y el análisis científico encaminado a asesorar sobre las conclusiones de estudios veterinarios promovidos por la industria de la tauromaquia, y la elaboración y publicación de estudios científicos propios en este campo y en cualquier otro que suponga maltrato animal; promover la participación de veterinarios críticos con las actividades taurinas y de todas aquellas que supongan maltrato animal en debates públicos; todos aquellos que acuerde la asamblea general y no se opongan a las leyes ni contradigan los principios configuradores de la Asociación.
  • AEHV (Asociación Nacional de Historia de la Veterinaria): creada en 1995, está constituida en la actualidad por las siguientes asociaciones territoriales: Andaluza en 1993; Catalana, Madrileña y Valenciana en 1995; Aragonesa en 1996; Murciana en 2000; Leonesa y Extremeña en 2002; Vasca en 2003; Gallega en 2008 y de Castilla-La Mancha en 2009. Es miembro de pleno derecho de la World Association of History of Veterinary Medicine (WAHVM), en la que actualmente ostenta una Vicepresidencia. Es miembro correspondiente de Asociaciones Iberoamericanas de Historia Veterinaria (Mexicana, Argentina, Venezolana y Cubana). Anualmente participa en la organización de Congresos Nacionales e Iberoamericanos de Historia de la Veterinaria, en colaboración con diferentes organismos e instituciones Veterinarias (Facultades, Colegios, Consejos Autonómicos, Consejo General, Academias, etc.) y no Veterinarias (Gobiernos autonómicos, Diputaciones, etc.). Su principal objetivo es difundir la historia de las Ciencias Veterinarias en los ámbitos estudiantiles, docentes, académicos, profesionales y sociales, dando a conocer a la sociedad los hitos más relevantes de la Veterinaria española.

Fuentes