Corte Suprema de Justicia de El Salvador

Corte Suprema de Justicia de El Salvador
Información sobre la plantilla
Institución con sede en Bandera de El Salvador El Salvador
Corte Suprema de Justicia de El Salvador.jpg
Es el máximo tribunal jurisdiccional de El Salvador.
Tipo de unidad:Institución judicial
País:Bandera de El Salvador El Salvador
Dirección:San Salvador
Sitio web
http://www.csj.gob.sv/

Corte Suprema de Justicia de El Salvador . Es el máximo tribunal jurisdiccional de El Salvador.

Composición

La Corte Suprema de Justicia es el organismo rector del Órgano Judicial de El Salvador. Está compuesta por quince magistrados propietarios e igual número de suplentes. Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia son electos por la Asamblea Legislativa para un período de nueve años, renovándose por tercios cada tres años. Para la elección es necesario el voto favorable de por lo menos los dos terceras partes de los diputados electos. Conforme a la Constitución vigente, uno de los magistrados debe ser designado por la Asamblea Legislativa, como Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Este cargo implica la presidencia del Órgano Judicial y de la Sala de lo Constitucional. Los requisitos establecidos por la Constitución, en su Art. 176, para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia son:

  • Ser salvadoreño por nacimiento.
  • Pertenecer al estado seglar.
  • Ser mayor de cuarenta años.
  • Ser Abogado de la República.
  • Poseer moralidad y competencia notorias.
  • Haber desempeñado una Magistratura de Segunda Instancia durante seis años o una Judicatura de Primera Instancia durante nueve años, o haber obtenido la autorización para ejercer la profesión de abogado por lo menos diez años antes de su elección.
  • Estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de su cargo.

Organización

La Corte Suprema de Justicia está organizada en cuatro Salas:

  • Sala de lo Constitucional, integrada por cinco magistrados, que conforme al artículo 174 de la Constitución, es el único tribunal competente para conocer los demandas de inconstitucionalidad de las leyes, decretos y reglamentos, los procesos de amparo y habeas corpus, y las controversias entre los Órganos Legislativo y Ejecutivo a que se refiere el Art. 138 y las causas mencionadas en la atribución 7.ª del Art. 182 de la Constitución de la República de El Salvador de 1983 (Constitución vigente). Además, ésta es la única Sala de la Corte Suprema de Justicia creada por la Constitución; ya que respecto a las demás, menciona que "La organización y funcionamiento del Órgano Judicial serán determinados por la ley".
  • Sala de lo Contencioso Administrativo, integrada por cuatro magistrados, la única competente para dirimir controversias entre entes de la administración pública y los particulares, una vez agotados los recursos administrativos.
  • Sala de lo Civil, integrada por tres magistrados, generalmente conoce del Recurso de Casación en materias civil, mercantil, laboral y de familia, y también del proceso de Exequátur o Pareatis.
  • Sala de lo Penal, integrada por tres magistrados, ésta principalmente conoce del Recurso de Casación contra las sentencias de las Cámaras de Segunda Instancia.

En lo conocido como la jerarquía jurídica o jurisdicción de grado, encontramos las siguientes estructuras:

  • Corte en Pleno, que la integran los quince magistrados.
  • Salas, que existen cuatro con diversos números de magistrados.
  • Cámaras de Segunda Instancia, que se conforman por dos magistrados.
  • Juzgados de Primera Instancia, que pueden ser tanto unipersonales como pluripersonales, excepto los Juzgados de Sentencia, siempre formados por 3 jueces.
  • Juzgados de Paz, son siempre unipersonales.

La Ley de la Carrera Judicial (Art. 13) hace referencia a una muy peculiar clasificación (en cuanto a salarios) de los funcionarios judiciales, de la siguiente manera:

  • CLASE "A": Magistrados de Cámara de Segunda Instancia:
    • Categoría I: Magistrados de Cámara con sede en el área Metropolitana Judicial.
    • Categoría II: Magistrados de Cámara con sede en las demás ciudades del territorio nacional.
  • CLASE "B": Jueces de Primera Instancia:
    • Categoría I: Jueces del Área Metropolitana Judicial.
    • Categoría II: Jueces de Distritos Judiciales correspondientes a las demás cabeceras departamentales.
    • Categoría III: Jueces de los demás Distritos Judiciales.
  • CLASE "C": Jueces de Paz:
    • Categoría I: Jueces de Paz del Área Metropolitana Judicial.
    • Categoría II: Jueces de Paz de las restantes cabeceras departamentales.
    • Categoría III: Jueces de Paz en las demás ciudades del país.
    • Categoría IV: Jueces de Paz en las otras poblaciones.

Fuentes