Junta directiva

Junta directiva
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Concepto:La Junta Directiva es el órgano colegiado que dirige la asociación cuando la asamblea no está reunida. Es el que ha de coordinar el funcionamiento ordinario de la entidad y es elegida por la asamblea según los criterios que marquen nuestros estatutos.

Junta directiva. Grupo de personas que pertenecen a una empresa, o a una institución, y son los que dirigen la misma, esta formada por presidente, vice presidente, tesorero, secretario, secretario de actas, vocales titulares y vocales suplentes.

Dónde se elige

La junta directiva se elige en Asamblea General extraordinaria, como mínimo, cada dos años (salvo que sus propios estatutos establezcan un periodo menor) Aunque sus miembros pueden ser reelegidos. (Se convocarían nuevas elecciones si dimite el presidente o el 50% de la junta directiva). La junta directiva saliente deberá entregar los libros y archivos a la entrante.

Funciones

En general el periodo de mandato se suele establecer entre los dos y cuatro años y sus funciones son:

  • Cumplir y hacer cumplir los acuerdos tomados por la Asamblea General.
  • Preparar y presentar a la Asamblea general los trabajos que se han de estudiar y aprobar en la misma.
  • Administrar los recursos económicos, materiales y patrimoniales de la asociación, según los criterios aprobados por la Asamblea General.
  • Realizar el Programa de actuación, la memoria anual, el presupuesto y el balance correspondiente para su aprobación por la Asamblea General.
  • Proponer la creación de comisiones de trabajo en el seno de la asamblea general.Todas aquellas que no estén atribuidas expresamente a la Asamblea General.

Cargos

La Junta Directiva ha de cubrir necesariamente los siguientes niveles de responsabilidad y actuación:

Estos cargos se pueden denominar, a criterio de la Asociación, de otras formas: Coordinador General, Secretario Técnico, Responsable de Finanzas, etc.

Además de estos cargos obligatorios pueden existir:

  • Vocales encargados de áreas específicas de trabajo.

Las funciones de estos miembros de la Junta Directiva o también llamados "órganos unipersonales" son, comúnmente, las siguientes:

Presidente

  • Ser el representante legal de la asociación.
  • Convocar y presidir los órganos de la asociación.
  • Coordinar el funcionamiento general de la entidad.
  • Cumplir y hacer cumplir los estatutos y los acuerdos adoptados en los órganos de la asociación.
  • Ordenar los pagos, válidamente acordados.
  • Validar las actas, certificaciones y el resto de documentos oficiales de la asociación.

Vicepresidente

  • Sustituir al Presidente en caso, de ausencia, enfermedad o renuncia. En este caso se convocará asamblea general en el más breve plazo posible para cubrir su vacante.
  • Realizar aquellas tareas encomendadas por el Presidente o la Junta Directiva.

Secretario

  • Levantar acta de las reuniones de los órganos de la asociación.
  • Tramitar el libro de registro de socios (altas y bajas).
  • Llevar y custodiar los libros oficiales de la asociación, así como el resto de documentos y ficheros.
  • Expedir certificaciones.
  • Ejercer la secretaría de los órganos de la entidad.

Tesorero

  • Definir y llevar el procedimiento de recaudación de cuotas.
  • Elaborar los presupuestos y balances, así como llevar la contabilidad de la asociación.
  • Firmar, conjuntamente con el Presidente, los documentos de pago de la asociación, realizando los pagos válidamente acordados.
  • Llevar el libro de caja de la asociación.
  • Custodiar los documentos contables y justificantes de pago de las operaciones económicas de la asociación.

Vocales

  • Confeccionar proyectos de actuación en cada una de sus áreas de responsabilidad.
  • Aquellas que específicamente les sean encargadas por la Junta Directiva o el Presidente.

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