Ministerio de Desarrollo Social de Argentina

Ministerio de Desarrollo Social de Argentina
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Ministerio
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Sede del Ministerio en Buenos Aires
Datos generales
Nombre:Ministerio de Desarrollo Social
Año de creación:23 de septiembre de 1955 (primera)
1 de mayo de 1958 (segunda)
Otros datos
Sede oficial:Edificio del Ministerio de Obras Públicas, Av. 9 de Julio 1925, Buenos Aires, Bandera de Argentina Argentina
Sitio web
http://www.desarrollosocial.gob.ar/

Ministerio de Desarrollo Social . Es un ministerio de Argentina que asiste al Presidente de la Nación en aquellos temas referidos a la asistencia social y al desarrollo humano en el país.

Facultades

El artículo 23 bis de la Ley de Ministerios indica que le compete al Ministerio de Desarrollo Social asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo que hace al desarrollo social de las personas, las familias y las comunidades del país en un marco de derechos y equidad territorial, articulando intersectorialmente y con otras jurisdicciones provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las acciones ante situaciones de riesgo y vulnerabilidad social; y en lo relativo al acceso a la vivienda digna, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su competencia y, en particular:

  1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
  2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional.
  3. Entender en la coordinación de toda la política social del Estado nacional y sus respectivos planes de desarrollo en los ámbitos nacional, provincial y municipal, diseñando, promoviendo y ejecutando las actividades tendientes a mejorar la estructura institucional de las políticas y programas sociales públicos.
  4. Entender en los casos de emergencias sociales, en coordinación con el Ministerio de Salud, que requieran el auxilio del Estado.
  5. Entender en las medidas y acciones tendientes a obtener financiamiento para planes de desarrollo social, controlando -en el ámbito de su competencia- el cumplimiento por los organismos ejecutores -nacionales, provinciales o municipales- de los compromisos adquiridos.
  6. Entender en la administración de los fondos provenientes de los juegos de azar.
  7. Intervenir en las actividades de carácter internacional relacionadas con el desarrollo social de nuestro país como así también ejercer la representación de la República Argentina en las reuniones, foros y ámbitos internacionales vinculados con el desarrollo y la promoción social.
  8. Entender en la reglamentación, control y auditoría de los programas sociales descentralizados a las provincias, municipios y organizaciones no gubernamentales, por transferencia.
  9. Intervenir en la definición de los criterios de asignación de recursos financieros del Estado Nacional destinados a la población.
  10. Entender en la organización y operación de un sistema de información social, con indicadores relevantes sobre los grupos poblacionales, que permita una adecuada ponderación del conjunto de las políticas y programas sociales nacionales, como así también en su identificación.
  11. Entender en la formulación, normalización, coordinación, monitoreo y evaluación de las políticas alimentarias implementadas en el ámbito nacional, provincial y municipal, como así en la formulación, ejecución, monitoreo y evaluación de todos los programas alimentarios implementados en el ámbito nacional.
  12. Intervenir en la elaboración y ejecución de acciones tendientes a lograr el desarrollo de las personas con capacidades especiales.
  13. Entender en la ejecución de acciones que ameriten intervención directa y ayuda urgente a personas en situación de riesgo y vulnerabilidad social, tanto en el país como fuera de él, participando en acciones en cumplimiento de compromisos o planes de ayuda internacionales.
  14. Entender en la formulación de las políticas destinadas a niños, niñas y adolescentes y familias, y en el diseño, ejecución, coordinación, monitoreo y evaluación de programas de promoción, protección, integración social y defensa de sus derechos, siguiendo los lineamientos de la Constitución Nacional y las Convenciones Internacionales en la materia.
  15. Entender en la formulación de las políticas de promoción social destinadas a la Juventud y al Género.
  16. Intervenir en las acciones destinadas a promover la formación y capacitación de los recursos destinados al área social.
  17. Elaborar planes y programas de capacitación vinculados con la política social en estricta relación con la Economía Social y oficios y saberes populares en el ámbito de su Competencia.
  18. Entender en la formulación de las políticas destinadas a la tercera edad y en la coordinación de programas de promoción e integración social de las personas mayores.
  19. Intervenir en la elaboración de normas de acreditación que regulen el funcionamiento, control y evaluación de las instituciones y organizaciones sociales.
  20. Entender en la formulación de políticas tendientes al fortalecimiento de la economía social y en el diseño, ejecución, monitoreo y evaluación de programas de microcréditos.
  21. Entender en las acciones que promuevan el desarrollo humano mediante la promoción de actividades productivas y de comercialización en zonas rurales y urbanas.
  22. Intervenir en la elaboración, ejecución y fiscalización de programas integrados de seguridad social en lo atinente a los aspectos del ámbito de su competencia.
  23. Entender en la elaboración, aplicación, ejecución, superintendencia, control y fiscalización de los regímenes de mutualidades y de las entidades cooperativas.
  24. Entender en la asignación y distribución de subsidios y ayudas urgentes que se otorguen a personas, entidades públicas y privadas, cooperativas y organizaciones sociales, inclusive a través de equipamiento, insumos, materiales, infraestructura social, elementos para talleres familiares, emprendimientos sociales y comunitarios, de carácter productivo, recreativo o de servicios, que apunten al mejoramiento de la calidad de vida, en el marco del cumplimiento de las políticas sociales.
  25. Participar en la elaboración de programas de vivienda e infraestructura social en coordinación con las áreas competentes.
  26. Entender en la promoción, cooperación y asistencia técnica de las instituciones de bien público destinadas a la asistencia de la población, como así en el registro y fiscalización de aquéllas y de los organismos no gubernamentales, organizaciones comunitarias y de base, y en la coordinación de las acciones que permitan su adecuada y sistemática integración en las políticas y programas sociales.
  27. Entender en la aplicación de los tratados internacionales relacionados con los temas de su competencia, e intervenir en la formulación de convenios internacionales en los asuntos propios de su área.
  28. Entender en la elaboración y ejecución de programas que contemplen los Centros de Desarrollo Infantil, tanto en el ámbito nacional como interregional, tendientes al desarrollo de la población en sus primeros años.
  29. Intervenir desde el punto de vista de su competencia en el desarrollo de investigaciones propias para la elaboración, desarrollo y consolidación de las políticas sociales.
  30. Entender en el desarrollo de sistemas de comunicación social comunitarios para trabajar en la evolución, promoción y articulación de las políticas sociales.
  31. Entender en la formulación, normalización, articulación de las políticas atinentes a los Centros de Integración Comunitaria como un espacio central de ejecución de políticas sociales en el territorio, en coordinación con las autoridades de las jurisdicciones provinciales y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de consolidar la Red Federal de Políticas Sociales.
  32. Administrar el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social en el ámbito de su competencia.

Sede

El Ministerio de Desarrollo Social tiene sede en los pisos del 13° al 21° del ex-Edificio del Ministerio de Obras Públicas, en Avenida 9 de Julio 1925. Comparte el edificio con el Ministerio de Salud, que ocupa los pisos inferiores.

Se trata de un rascacielos racionalista de 90 metros de altura y aspecto imponente, que domina el sector sur de la Avenida 9 de Julio, siendo el único edificio que se alza sobre el eje de esa arteria, además del Palacio Ortiz Basualdo y el Hotel Four Seasons. En rigor, el antiguo Ministerio de Obras Públicas (1933-1934) fue construido antes de la apertura de la Avenida 9 de Julio (1937-1975), y en ese momento se decidió no demolerlo. El Ministerio de Obras Públicas desapareció en 1992, y fue absorbido por el Ministerio de Economía, mudándose al Palacio de Hacienda desde ese momento.

Fuentes