Ministerio de Trabajo (República Dominicana)

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Ministerio
Ministerio de trabajo.JPG
Datos generales
Nombre:Ministerio de Trabajo
Otros datos
Sede oficial:Ave. Enrique Jiménez Moya # 5, Centro de los Héroes, La Feria, Santo Domingo, Distrito Nacional, R.D.
Sitio web
http://mt.gob.do/

Ministerio de Trabajo de República Dominicana. Es la institución responsable de elaborar Políticas Nacionales en materia de empleo así como de propiciar una mayor autonomía de los sectores sociales para regular las relaciones de trabajo. Es la más alta autoridad por ley en materia de administración del trabajo asalariado. Igualmente el Ministerio de Trabajo diseña una modalidad de control de la aplicación de las normas y regularización laboral, asumiendo un rol más educativo de cara a la concienciación que a la implementación de las medidas en forma coercitiva.

Historia

El Ministerio de Trabajo es la más alta autoridad administrativa en las relaciones de trabajo asalariado dependiente del sector privado y organismos oficiales autónomos.

La regulación oficial de las relaciones del trabajo en la República Dominicana se remonta al año 1929, cuando se dicta la Ley Número 1146, que otorgaba a la Secretaría de Estado de Interior y Policía las funciones relativas a relaciones con los centros obreros en el mundo, protección del obrero, medidas para proporcionar trabajo a los obreros dominicanos, días y horas de trabajo, seguros para obreros y deberes de patrones y obreros, entre otros.

Un año después, esta ley fue modificada por la Ley Número 1312 del 30 de junio de 1930 que creó la Secretaría de Estado y Comunicaciones. Desde esta fecha hasta el año 1948, la Secretaría de Estado de Trabajo y Comunicaciones mantuvo un rol de funciones compartidas con otras instituciones no afines.

No es si no hasta el 20 de abril de 1948 cuando se promulga la Ley Número 1682 que instituye por primera vez un organismo exclusivo para los asuntos laborales llamada Secretaría de Estado de Trabajo. Doce meses más tarde, es dictado el Código de Trabajo de la Republica Dominicana, mediante la Ley Número 2920 del 23 de junio de 1951 denominado Código Trujillo de Trabajo.

Nueva vez, desde el año 1951 hasta el 1961, la historia se repite y se cambia la denominación de la Secretaria de Estado de Trabajo. En este último año, el Decreto Número 6603 del 11 de abril crea nuevamente la Secretaría de Estado de Trabajo.

El 30 de diciembre de 1966 es dictado el Reglamento Número 807 sobre Higiene y Seguridad Industrial, el cual confiere a la Secretaría de Estado de Trabajo el control y la vigilancia de las disposiciones contenidas en el mismo.

La Comisión Nacional de Empleos es creada mediante el Decreto Número 101-9 del 29 de abril de 1983, el cual dispone en su artículo número 4 que la Dirección Nacional de Empleos será la Secretaría Ejecutiva de la Comisión.

En el año 1992 mediante la Ley Número 1692 del 29 de mayo es aprobado el Código de Trabajo de la Republica Dominicana y el 2 de octubre de 1993 se dicta el Reglamento Número 258-93 para su aplicación.

El 12 de mayo del año 1995 se dictó el Decreto Número 107-95 sobre Igualdad de Oportunidades y Derechos Laborales a las personas con limitaciones físicas, mentales y sensoriales.

En el 1997, mediante el Decreto Número 144-97 del 24 de marzo, se crea e integra el Comité Directivo Nacional de Lucha Contra el Trabajo Infantil que pone a cargo de una de las subsecretarías de Estado de Trabajo las funciones de Secretaría Ejecutiva de la misma. Finalmente, el 6 de febrero del año 2010 el entonces presidente de la República Leonel Fernández, emitió el Decreto 56-10 que ordena el cambio de denominación de todas las secretarías de Estado por ministerios. Desde ese momento y hasta la fecha contamos con el Ministerio de Trabajo.

Visión

Ser una institución eficiente, eficaz y concentrada en el desarrollo de las relaciones laborales y el fortalecimiento del mercado de trabajo, dentro de un marco de estricto respeto a la institucionalidad y las leyes.

Misión

Liderar la generación, fomento e implementación de las políticas, planes, programas y normas laborales en el país, estableciendo los mecanismos de seguimiento para su aplicación y cumplimiento. De igual manera satisfacer eficazmente las necesidades de los actores del mercado laboral, a fin de contribuir a la paz socio laboral y el desarrollo nacional.

Valores

  • Honestidad: Administrar los recursos materiales de la institución con alto sentido de justicia y racionalidad económica.
  • Institucionalidad: Respetar las leyes, las normas y los procedimientos institucionales establecidos.
  • Equidad: Servir con eficiencia a toda persona que solicite nuestros servicios sin considerar raza, sexo, edad, religión y condición socioeconómica o ideología.
  • Trabajo en equipo: Compartir en equipo la definición de los planes y programas, generando el compromiso de todos los empleados en el cumplimiento de las metas.
  • Vocación de servicio: Servir con entusiasmo a los ciudadanos que requieran nuestros servicios, anteponiendo la satisfacción de sus necesidades a las nuestras.
  • Respeto: Respetar la dignidad humana de los empleados, reconociendo el talento y la contribución de cada colaborador, ofreciendo oportunidades de crecimiento profesional.
  • Responsabilidad: Cumplir las acciones planificadas con la calidad y en el tiempo esperado, manejando con discreción la información que pueda afectar el buen desenvolvimiento de la institución.

http://mt.gob.do/index.php/sobre-nosotros/historia


Fuentes

  • [www.mt.gob.do] Sitio oficial del Ministerio de Trabajo. Consultado el 6 de septiembre de 2018
  • [1]