Ministerio de Transporte de Argentina

Ministerio de Transporte de Argentina
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Ministerio
Ministerio de Hacienda de Argentina.JPG
Sede del Ministerio en Buenos Aires
Datos generales
Nombre:Ministerio de Transporte
Año de creación:11 de marzo de 1949 (primera)
10 de diciembre de 2015 (segunda)
Otros datos
Sede oficial:Piso 12 del Palacio de Hacienda, Hipólito Yrigoyen 250, Buenos Aires, Bandera de Argentina Argentina
Sitio web
http://www.transporte.gov.ar/

Ministerio de Transporte . Creado en 2015, es resultado de una escisión del antiguo Ministerio del Interior y Transporte, que pasará a ser únicamente del Interior.

Reseña histórica

Durante la presidencia de Juan Domingo Perón, existió un ministerio de Transporte a cargo de Juan Francisco Castro y luego Juan Eugenio Maggi. Con Pedro Eugenio Aramburu también, siendo titular Sadi E. Bonet.

El Ministerio del Interior y Transporte había sido el resultado de la incorporación al tradicional ministerio del Interior argentino de la antigua Secretaría de Transporte, que a lo largo de los años ha dependido de los ministerios de Planificación, Obras Públicas, entre otros.

Durante la gestión de Cristina Fernández fue traspasado del área de Transporte al Ministerio del Interior cuyo titular era Florencio Randazzo.

Tiene a su cargo las distintas líneas ferroviarias que circulan en todo el territorio argentino (Sarmiento, Roca, San Martín, Belgrano, Urquiza y Mitre), como las líneas de colectivos que circulan en todo el área metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y los aeropuertos y las carreteras del país. Se encarga de diseñar y ejecutar políticas para el desarrollo del transporte en el país; además, controla las regulaciones y concesiones en transporte e impone sanciones a quienes las incumplan a través de la Comisión Nacional de la Regulación de Transporte (CNRT).

Su primer titular es Guillermo Dietrich, desde partir del 10 de diciembre de 2015, designado por Mauricio Macri.

Facultades

El artículo 21 de la Ley de Ministerios indica que le compete al Ministerio de Transporte, asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial y marítimo, y, a la actividad vial.

En particular, tendrá a su cargo:

  1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
  2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional.
  3. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia.
  4. Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en las áreas de su competencia.
  5. Intervenir en la elaboración de normas de definición de estándares industriales para los equipamientos en las áreas de su competencia.
  6. Entender en la elaboración de normas de regulación de las licencias de servicios públicos del área de su competencia, otorgadas por el Estado Nacional o las provincias acogidas por convenios, a los regímenes federales en la materia.
  7. Ejercer, en el ámbito de su competencia, facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o dadas en concesión en el área de su competencia, así como también hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes, y entender en los regímenes de tarifas, cánones, aranceles y tasas de las mismas.
  8. Entender en la investigación y desarrollo tecnológico en las distintas áreas de su competencia.
  9. Entender en la elaboración y aplicación de políticas estratégicas de armonización federal, la coordinación nacional, la registración y sistematización de datos relativos al Sistema Nacional de la Seguridad Vial; concertar con las respectivas jurisdicciones las medidas tendientes al efectivo cumplimiento de las funciones de prevención y control del tránsito, sin que el ejercicio de tales funciones desconozcan o alteren las jurisdicciones locales.
  10. Entender en la elaboración y ejecución de la política nacional de transporte aéreo y terrestre, así como en su regulación y coordinación.
  11. Entender en todo lo relacionado con el transporte internacional terrestre, fluvial, marítimo y aéreo.
  12. Entender en la supervisión, el fomento y el desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.
  13. Entender en la regulación y coordinación de los sistemas de transporte.
  14. Entender en la ejecución de la política nacional de fletes.
  15. Entender en la elaboración y ejecución de la política de transporte de carga reservada para la matrícula nacional.
  16. Entender en la administración, coordinación y ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al Estado Nacional en las empresas de transporte.
  17. Entender en la organización, dirección y fiscalización del registro de inscripción, fijación de capacidades y calificación de las empresas vinculadas al sector transporte.
  18. Entender en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen de flotas de transporte, tanto terrestre como mercante, (fluvial, de cabotaje y ultramar) y aérea.
  19. Entender en la coordinación de las tareas de las reparticiones, empresas nacionales o privadas que operan en todos los sistemas y modos de transporte, así como en el otorgamiento de las habilitaciones que correspondan y en su fiscalización o administración.
  20. Entender en todo lo relacionado con la construcción, habilitación, administración y fiscalización de las infraestructuras correspondientes a los diversos modos de transporte, en particular los puertos y vías navegables.
  21. Entender en la homologación de los acuerdos armatoriales y sus accesorios.

Fuente