Parqueo

Estacionamientos o Parqueos
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Concepto:Estacionamientos

Estacionamiento o parqueo. Espacios adecuados de estacionamiento que se integran con las instalaciones circundantes y los patrones de circulación existentes.


Formas en que se debe realizar el estacionamiento o parqueo.

1-En vías de una sola dirección o sentido se debe parquear a la izquierda de la vía. Si la vía fuera de poco tránsito o zona residencial se permite en ambos lados o cuando tiene 3 carriles.

2-En vías de doble sentido de la dirección se debe parquear a la derecha de la vía.

3-Se debe de parquear paralelo a la dirección de la circulación.

4-Con relación a las intersecciones la distancia es como mínimo 10m, pero si existe semáforo la distancia es de 100 m, en ambos casos antes o después.

Reglas que se deben tomar al parquear o estacionar un vehículo.

1-Apagar el motor del vehículo cerrando el chucho.

2-Retirar la llave del chucho.

3-Aplicar el freno de mano o emergencia.

4-Conectar una velocidad en la caja.

5-Girar neumáticos o ruedas según inclinación de la vía.

6-Cerrar las puertas con llaves, es decir poner seguros a si misma.

  • En pendientes ascendentes o cuesta arriba cuando se parquea el vehículo hay que aplicar la primera velocidad y girar el timón, las ruedas contrario al contén de la acera.
  • En pendiente descendiente o cuesta abajo se debe de aplicar retroceso cuando se realice el parqueo y girar el timón y ruedas hacia el contén de la acera.
  • Cuando no exista contén se debe de calzar las ruedas traseras o delanteras según se realice el parqueo en pendientes ascendentes o descendentes.
  • Con relación a los estacionamientos o parqueos, los pasos que se omiten se dan por hechos correctamente, solo contamos como infracciones si nos dicen que no lo realizó o que lo realizó mal.


Lugares donde se prohibe el estacionamiento o parqueo.

1- A más de 10cm del contén de la acera.

2- A menos de 50cm entre vehículos.

3- Fuera de las vallas de parqueo.

4- Sobre las aceras o césped.

5- En zonas de carga en horas y días laborables.

6- En el espacio comprendido de 40mt hacia atrás y 10mt hacia delante de una parada de ómnibus.

7- En una zona de piqueras en días y horas laborables.

8- En las partes de la vía que circulan las islas o rotondas.

9- A la entrada o salida de garajes, pistas o rampas.

10- Entre una zona de seguridad y la acera o separadores.

11- Entre 2 zonas de seguridad.

12- En las zonas oficiales, zonas de Embajada o Consulado.

13- Frente a menos de 4mts de un hidrante.

14- Frente o al lado de Unidades de la Policía, Unidades Militares y Unidades de Bomberos.

15- Frente a la entrada principal de Hoteles, Edificios Públicos, Escuelas y Agencias Bancarias.

16- En los Puentes, Túneles, Pasos Superiores e Inferiores, Intercambios y sus accesos, Pasos a Nivel 10m antes y después, Curvas, sobre las paralelas del ferrocarril y próximo a los Cambios de Rasantes.

17- Frente a las señales de prohibición de parqueo.

18- A 10m de la entrada o salida de las intersecciones, si está semaforizada a 100m antes o después.

19- En autopistas y avenidas.

20- En los caminos de tierra o terraplenes.

21- A la derecha de la calzada de la carretera, (sobre la derecha de la calzada de la carretera).

22- En ciclo vías, ciclo carril o vías exclusivas.

Precisiones

El que no recoja el vehículo en el plazo establecido, debe pagar una cuantía superior por cada día.

  • Del tercer día hasta el décimo un 30 % del día adicional.
  • Del 11no hasta el 15 un 50 % del día adicional.
  • Del 16 en adelante pagara un 100% del día adicional.

Otros motivos por los que se puede trasladar un vehículo:

1- No poseer Licencia de Conducción.

2- No poseer la categoría requerida.

3- Violar las reglas del aprendizaje.

4- Encontrarse cumpliendo una sanción de Suspensión o Cancelación de la Licencia de Conducción. 5- Presenten evidencias de haber perdido las condiciones físicas y mentales.

6- Cuando se nieguen a realizar las pruebas que los agentes le indiquen.

Nota:

  • El propietario del vehículo tiene que presentarse para reclamarlo y deberá pagar una multa.
  • Si el propietario tiene más de 2 notificaciones por el motivo anterior se le retira la Licencia de Circulación y las chapas de identificación del vehículo hasta 1 año.
  • Si se reitera una nueva infracción por estos motivos en 2 años posteriores al cumplimiento de la retención se decomisa el vehículo y tendrá 10 días hábiles para reclamarlo ante el Jefe de Unidad de la P.N.R y el Tribunal.



Fuentes