Registro de la tierra y tractores

Registro de la tierra y tractores
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Concepto:Registro de la propiedad y posesión de la tierra y tractores.

Registro de la tierra y tractores. Para una eficiente organización y control de la propiedad y posesión de la tierra, tractores y máquinas autopropulsadas en Cuba se ha establecido un Registro Nacional, con oficinas centrales en el Ministerio de la Agricultura y oficinas operativas en cada una de las delegaciones municipales.

Antecedentes

Tractores y otras máquinas autopropulsadas. Al triunfo de la Revolución el país solo contaba con unos 9 mil tractores. La mayoría de las labores agrícolas y el transporte de productos del agro se hacían con el uso de animales de trabajo. Tras el triunfo revolucionario fue priorizada la mecanización agropecuaria, y ya en 1975 la cifra de tractores se había incrementado a 54 mil, mecanizándose las principales labores. En 1998, año en que se realizó el registro de tractores y cosechadoras autopropulsadas, existían 105 mil tractores y cosechadoras autopropulsadas. Esta cifra decreció en los años posteriores a consecuencia del período especial.

Actualmente (inicios de 2017) el país dispone de 59 942 tractores sobre neumáticos, 1 518 sobre esteras y 1 973 cosechadoras autopropulsadas, para un total de 63 433 equipos. De ellos, 32 404 (51 por ciento) pertenecen a personas jurídicas y 31 029 (49 por ciento) a personas naturales. Del parque total, el 13 por ciento se encuentra inactivo. La relación tractor por cada 100 hectáreas de superficie cultivada es de 2,32 equipos. Esta cifra varía en diferentes países y regiones: en los países europeos este indicador promedia 8,41, en Estados Unidos es 2,71, en Brasil 1,20 y Argentina reporta 0,90. La relación de tractores por cada 100 ha es de 1,64. La relación de implementos por tractor es de 1,98. Para la asistencia técnica al parque de tractores, combinadas y otras máquinas e implementos agrícolas se cuenta, con mil 744 talleres y 648 herrerías.

Estructura de ocupación de la tierra. Cuba posee casi 11 millones de ha de tierra, de las cuales 6 millones de ha se consideran con vocación agrícola, un 58 %. De las tierras agrícolas 2,6 millones de ha son realmente cultivadas, para un 42 %, y el resto permanece ocioso u ocupado por pastos naturales. Las áreas no agrícolas son 4,6 millones de ha, ocupadas en un 69,7 % por especies forestales.

El sector estatal posee el 55,4 % de las tierras, y el no estatal el 46,0 %. De las tierras no estatales predominan las UBPC con 1,9 millones de ha (39 %), mientras que las CPA disponen de 0,6 millones de ha (12 %) y las CCS y productores privados 2,5 millones de ha (49 %). Entre los cultivos permanentes el mayor porciento de tierra lo ocupa la caña de azúcar, y entre los no permanentes el arroz.

En lo que respecta a las áreas netamente agrícolas, el sector estatal posee el 29,2 %, y el 70,8 % pertenece al sector privado. Hay un mejor uso de la tierra en el sector no estatal, con el 81,1 % de tierras cultivadas. En lo que respecta a las áreas no agrícolas, el 87,8 % están en el sector estatal. En cuanto a la distribución de las tierras agrícolas en el sector estatal el 37,3 % corresponde a las UBPC, 11,6 % a las CPA, y el 51,0 % a las CCS y campesinos no vinculados.

Funciones estatales de registro

El Reglamento Orgánico del Ministerio de la Agricultura establece entre las funciones específicas de este organismo “ejecutar el registro de la propiedad y posesión de la tierra, tractores y máquinas agrícolas autopropulsadas, controlando el fondo de tierra agrícola del país y la jurisdicción sobre la misma, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente”, estando entre las atribuciones y obligaciones específicas del Ministro “orientar e implementar la realización del registro y control de la propiedad y posesión de la tierra, tractores y máquinas agrícolas autopropulsadas y controlar el fondo de tierra agrícola del país y la jurisdicción sobre esta”.

En la estructura del Minag el encargado de realizar estas tareas es la Dirección de Suelos y Control de la Tierra, perteneciente a la Dirección General de Ingeniería Agropecuaria, para lo cual posee una oficina de Registro de la Tierra y Tractores, con carácter central nacional, y oficinas homólogas en cada una de las delegaciones municipales.

Estas relaciones de regulación y control las ejerce el Ministerio de la Agricultura con respecto a todo el sistema empresarial atendido por este Ministerio, y también con el resto de los Organismos de la Administración Central del Estado y entidades nacionales que posean tales equipos, participando en ello el Ministerio de Justicia en cuanto a sus competencias respecto al control y regulación del funcionamiento de los registros públicos.

Fuentes