Sociedad Española de Neurociencia

Sociedad Española de Neurociencia
Información sobre la plantilla
Institución con sede en Bandera de España España
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Siglas o Acrónimo:SENC
País:Bandera de España España
Sede:Sevilla
Sitio web
Portal Web de SENC

Sociedad Española de Neurociencia (SENC). Es una asociación civil española, sin ánimo de lucro al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo y normas complementarias.

Sede

SENC tiene su sede en calle Arzobispo Morcillo s/n, Madrid, España.

Objetivos

Los objetivos de la SENC son:

  • Promover el desarrollo del conocimiento en el área de la Neurociencia, reuniendo a científicos de distintas disciplinas, y facilitando la integración de la investigación dirigida a todos los niveles de organización del sistema nervioso.
  • Promover la educación en el campo de la Neurociencia.
  • Promover la relación con sociedades y organizaciones homólogas nacionales e internacionales.
  • Informar a la opinión pública sobre los resultados y las implicaciones de las investigaciones en curso en las áreas de la Neurociencia.

Miembros

La Sociedad estará constituida por seis clases de miembros: ordinario, honorario, emérito, estudiante, asociado y protector.

  • Podrán ser elegidos miembros honorarios aquellos científicos distinguidos -españoles y extranjeros- que hayan contribuido de forma notable al progreso de la Neurociencia.
  • Podrán ser elegidos miembros ordinarios los científicos cualificados de cualquier nacionalidad que investiguen en las áreas de la Neurociencia y que hayan realizado y publicado investigaciones originales y meritorias.
  • Al alcanzar la jubilación, un miembro ordinario que lo desee puede pasar a emérito solicitándolo por escrito a la Junta Directiva.
  • Podrán ser miembros estudiantes quienes estén realizando estudios de grado o de postgrado en Neurociencia o en materias relacionadas con la Neurociencia. La situación de estudiante deberá ser demostrada con la documentación correspondiente.
  • Podrán ser elegidos miembros asociados aquellos profesionales interesados en la Neurociencia que no queden incluidos en las demás categorías (técnicos de laboratorio u otros especialistas interesados en el campo de la Neurociencia pero que no cumplan los requisitos de los miembros ordinarios o estudiantes). Los miembros asociados deberán mandar su curriculum vitae junto con la solicitud.
  • Podrán ser elegidos miembros protectores aquellas personas o entidades que deseen contribuir al sostenimiento y desarrollo de la Sociedad.

Las personas que reuniendo las condiciones requeridas deseen integrarse en la Sociedad, ya sea en calidad de miembro ordinario, estudiante o asociado, lo solicitarán a través de la página web adjuntando la documentación requerida. La tramitación de la cualidad de miembro será gratuita.

  • Para ser admitido como miembro ordinario, estudiante o asociado, los candidatos han de cumplir los requisitos exigidos en los artículos 3.0.2., 3.0.4., o 3.0.5 respectivamente, de estos estatutos. La admisión de miembros ordinarios, estudiantes o asociados es responsabilidad de la Junta Directiva que informará preceptivamente a la Asamblea General.
  • Los miembros honorarios serán propuestos por la Junta Directiva y elegidos por la Asamblea General por mayoría simple. Podrán ser propuestos también a la Asamblea por un número de miembros ordinarios, honorarios y eméritos no inferior al número de miembros de la Junta Directiva.
  • Los miembros protectores serán aceptados por la Junta Directiva, la cual informará preceptivamente de su decisión a todos los miembros, y en su momento, a la Asamblea General. Podrán ser propuestos también a la Asamblea por un número de miembros ordinarios no inferior al número de miembros de la Junta Directiva.

Junta directiva

La Junta Directiva estará integrada por seis miembros, el Presidente y el Presidente Electo. Todos los miembros de la Junta tendrán derecho a voto, con excepción del Presidente Electo.

De entre los miembros de la Junta Directiva se designará un Vicepresidente, un Secretario y un Tesorero. Cada una de estas personas desempeñará sus funciones por dos años y no podrá hacerlo dos veces consecutivas.

Los miembros de la Junta Directiva serán elegidos por cuatro años entre los miembros ordinarios, por voto postal o electrónico que cursarán los miembros ordinarios, honorarios y eméritos, de la Sociedad. La mitad de los miembros de la Junta Directiva se elegirán alternativamente. Por consiguiente, las elecciones se realizarán cada dos años. El Presidente ocupará el cargo por dos años a continuación de los dos en que actuó como Presidente Electo.

La lista de candidatos a vocales para la Junta Directiva y a Presidente Electo será preparada por la Comisión de Candidaturas.

El quorum de la Junta Directiva necesario para tomar resoluciones será de no menos de cuatro miembros.

La Junta Directiva se reunirá en ocasión de las reuniones científicas y en todas aquellas oportunidades que el Presidente o alguno de los miembros lo consideren necesario. La Junta podrá considerar y votar por correo propuestas concretas que le sean presentadas por el Presidente.

Fuentes