Tratado de Lisboa

Tratado de Lisboa
Información sobre la plantilla
Índice tratado3.jpeg
Fecha:Fue firmado, el 13 de diciembre de 2007 Entró en vigor el 1 de diciembre de 2009
Lugar:Lisboa
Descripción:
Tratado aprobado por los representantes de los 27 Estados miembros de la Unión Europea.


Tratado de Lisboa. Aprobado por los representantes de los 27 Estados miembros de la Unión Europea el 13 de diciembre de 2007. Ha permitido la reforma de varias políticas dela Unión Europea (UE). Asimismo,ha redefinido y reforzado las acciones llevadas a cabo a nivel europeo.

Introducción

El Tratado de Lisboa responde a la necesidad de reformar la estructura y el modo de funcionamiento de la UE. Las sucesivas ampliaciones de la UE han elevado el número de Estados miembros a 27. Por tanto, es preciso adaptar el funcionamiento de las instituciones y las modalidades de toma de decisiones a nivel europeo.

Antecedentes

La redacción de un tratado que establecía una Constitución para Europa constituyó el primer intento de reforma. Su objetivo era sustituir los tratados constitutivos de la UE por una Constitución europea.

La Constitución se firmó en Roma el 29 de octubre de 2004. No obstante, antes de su entrada en vigor,debía ser ratificada por la totalidad de los Estados miembros. Sin embargo, el proceso de ratificación tuvo resultados negativos en muchos Estados miembros.

El 23 de julio de 2007, se convocó una nueva Conferencia intergubernamental en Lisboa para hallar una alternativa al Tratado constitucional y poder retomar las reformas. Se abandonó pues la idea de una Constitución europea y se entablaron nuevas negociaciones con el propósito de elaborar un tratado modificativo.

El 13 de diciembre de 2007, los 27 Jefes de Estado o de Gobierno de la UE firmaron el nuevo tratado modificativo en Lisboa. El Tratado de Lisboa entró en vigor el 1 de diciembre de 2009, tras ser ratificado por todos los Estados miembros de acuerdo con sus respectivas normas constitucionales.

En que consiste el Tratado de Lisboa

El Tratado de Lisboa se basa en gran medida en el Tratado constitucional. La mayoría de las reformas institucionales y políticas planteadas en la Constitución se retoman en el Tratado de Lisboa, aunque se presentan bajo una forma diferente.

El Tratado constitucional implicaba la derogación de los tratados constitutivos de la UE y su sustitución por un único texto: la Constitución Europea. El Tratado de Lisboa, por el contrario, no sustituye a los tratados constitutivos sino que los modifica, como ya lo hicieran los Tratado de Ámsterdam y Niza. El Tratado de Lisboa se presenta, por tanto, como una serie de modificaciones de los tratados constitutivos.

A pesar de que este cambio de forma no tiene consecuencia alguna en el plano jurídico, resulta muy importante en el plano simbólico y político. Se abandona la idea de dotar a Europa de una Constitución y el derecho comunitario sigue fundamentándose en los tratados internacionales. Por tanto, la UE sigue basándose en los dos tratados constitutivos: el Tratado de la UE y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. El tratado por el que se establece la Comunidad Europea pasó a denominarse «Tratado de funcionamiento de la UE».

Aspectos institucionales

La reforma de las instituciones de la UE se había hecho necesaria debido al aumento del número de Estados miembros. El Tratado de Lisboa modifica las normas relativas a la composición de la Comisión, del Parlamento Europeo, del Comité de las Regiones y del Comité Económico y Social Europeo. Asimismo, el Tratado de Lisboa supone la reforma del proceso de toma de decisiones en el seno del Consejo. Se suprime el anterior sistema de ponderación de votos y se establece una nueva definición de la mayoría cualificada para la votación de las decisiones.

Crea, además, dos nuevas funciones en el entramado institucional de la UE:

  • El Presidente del Consejo Europeo.
  • El Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.

Pone especial empeño en aclarar y mejorar el funcionamiento de la UE. Se suprime la anterior estructura de pilares y se establece un nuevo reparto de competencias entre la UE y los Estados miembros. Simplifica los procedimientos legislativos y la tipología de los actos jurídicos adoptados en el seno de la UE.

Dota de una mayor flexibilidad al funcionamiento de la UE. Establece varias cláusulas institucionales encaminadas a facilitar la construcción europea en determinados ámbitos políticos. Por otra parte, se promueve una cooperación más intensa entre los Estados miembros.

Las Aportaciones del Tratado de Lisboa

El Tratado de Lisboa:

  • Reforma las instituciones y mejora el proceso de toma de decisiones de la UE.
  • Refuerza la dimensión democrática de la UE.
  • Reforma las políticas internas de la UE.
  • Refuerza la política exterior de la UE.

Refuerzo de la democracia europea

Uno de los objetivos del Tratado de Lisboa es reforzar la democracia europea para aportar una mayor legitimidad a las decisiones y acercar la UE a sus ciudadanos. En este sentido, se han reforzado de manera considerable las competencias del Parlamento Europeo. Asimismo, el Tratado de Lisboa atribuye una función más importante a los parlamentos nacionales en el seno de la UE.

El Tratado de Lisboa crea, además, la iniciativa ciudadana, que permite a los ciudadanos participar de manera más activa en la construcción europea.

El Tratado de Lisboa y la Política interna de la UE

Uno de los cambios más relevantes se refiere al espacio europeo de libertad, seguridad y justicia. El Tratado de Lisboa refuerza las competencias de la UE en lo que respecta a:

  • El control fronterizo, el asilo y la inmigración.
  • La cooperación judicial en materia civil.
  • La cooperación judicial en materia penal.
  • La cooperación policial.

Por otra parte, el Tratado de Lisboa define las competencias de la UE en materia de política económica, social y energética. Establece, además, el nuevo objetivo de crear un espacio europeo de investigación.

El Tratado de Lisboa y la Política exterior de la UE

Refuerza el papel de la UE en el plano internacional. El Tratado de Lisboa proporciona fundamentalmente coherencia y visibilidad a la política exterior y de seguridad común de la UE. La UE adquiere de este modo la personalidad jurídica necesaria para negociar y ser parte contratante en los tratados internacionales. En lo que respecta al ámbito internacional, la UE está desde entonces representada por el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.

A raíz del Tratado, los tratados constitutivos constan de una sección dedicada a la política de seguridad y defensa común. A largo plazo se prevé establecer una política de defensa europea común.

Fuente